estimado..... viendo el comportamiento de ayer y hoy..... puede que tengas mejores argumentos que los mios.....
igual no dejo de tener el cul.... fruncido.....
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Warrior escribió: ↑ Es cierto lo q decis Guillote. Y estoy totalmente de acuerdo con vos, pero entramos en politica y no me gusta hablar de eso. Es TODO culpa de los politicos que no tienen control, en los 80s emitimos y fuimos el pais del mundo con mayor inflacion (11.000%) desde la Alemania pre Hitler, despues vinieron los 90s y pusimos una ley q basicamente prohibia emitir salvo q entre un usd al BCRA, y fuimos el pais que mas deuda emitio y despues el pais con el mayor default soberano de la historia. Y asi podemos seguir, los politicos argentinos son el peor cancer q existe, y el tema es que si tenes un contrato con una empresa, y te incumple, la empresa se liquida y vos acreedor cobras lo q queda. El tema es q los paises no son "liquidables"... La leccion si es que hay una, es que Argentina es un trade, NUNCA una inversion. No lo digo con placer, lamento mucho el dolor de la perdida de los ahorros de cualquiera que creyo en mi pais. Saludos
eltaliban escribió: ↑ El proyecto de canje es identico al presentado en NY para los bonos ley extranjera con el agregado de una opcion más corta para quienes quieran entrar en ajuste con CER achicando significativamente la amortizacion ya que los titulos con ser no son a finish sino que se empiezan a cobrar amorrtizaciones mucho más rapìdo.
Es buena opcion para quien considere que el dolar puede estar hoy sobrevaluado o quienes quieran tener un titulo más liquido con CER.
Todos los bancos y FCI deberan operar practicamente esos nuevos bonos con CER.
Charly escribió: ↑ ¿Cómo se genera la declaración jurada para la determinación del impuesto cedular?
07/06/2019 12:00:00 a.m.
La confección de la declaración jurada deberá realizarse utilizando el servicio con clave fiscal, nivel de seguridad 2 o superior, "Ganancias Personas Humanas - Portal Integrado" disponible en el sitio "web" institucional, ingresando a la opción que corresponda según el tipo de renta a declarar, encontrándose disponible la versión de la DJ Simplificada o DJ detallada. Una vez transmitida la información, el sistema generará el Formulario F. 2022.
Solo deberá cumplirse con la presentación de la declaración jurada del impuesto cedular cuando la misma arroje impuesto determinado.
AFIP escribió: Consulta:
Ley 27.541. Impuesto Cedular y su alcance.
La página de la AFIP define el alcance del impuesto sobre los intereses y rendimientos y correctamente elimina toda referencia a depósitos a plazo fijo en pesos no ajustables y a las obligaciones negociables, pero mantiene la referencia a los rendimientos de títulos públicos, cuando el reestablecimiento de la vigencia de los puntos 3 y 4 del art. 36 bis de la Ley Nº 23.576 implica reestablecer igual tratamiento para los títulos públicos según esta última norma.
Corresponde adecuar la redacción de esa definición en el alcance.
Respuesta:
La observación es técnicamente correcta. Ello por cuanto debido al restablecimiento de algunas franquicias, han quedado exentos en el impuesto a las ganancias los rendimientos de títulos públicos -artículo 36 bis Ley N° 23.576.
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