zequi73 escribió: ↑ Decreto 193/20 de hoy
En el medio de asignaciones de presupuesto colaron esto:
ARTÍCULO 8°.- Dispónese que las futuras suscripciones de títulos públicos se puedan realizar con los instrumentos de deuda pública denominados en pesos con vencimiento durante el año 2020 y con las Letras del Tesoro en Dólares Estadounidenses (LETES U$S) cuyo pago fue postergado mediante el Decreto 49/2019. Tales instrumentos serán tomados al valor técnico calculado a la fecha de liquidación de cada una de las colocaciones que se realicen en el marco de las normas de procedimientos aprobadas por la Resolución Conjunta N° 9 del 24 de enero de 2019 de la SECRETARÍA DE FINANZAS y de la SECRETARÍA DE HACIENDA, ambas del ex MINISTERIO DE HACIENDA y sus modificatorias y conforme lo determinen ambas Secretarías. Dichas operaciones no estarán alcanzadas por las disposiciones del artículo 65 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificaciones.
Que interpretación haces de esto?