Títulos Públicos
Re: Títulos Públicos
Buen día a todos, el AA25 mañana pagaría renta normalmente? o ya se modifico algo para este bono? gracias
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gringo de devoto
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Re: Títulos Públicos
Ezebursatil escribió:Hola a todos muchachos,
alguno me sabe decir que bono hay que tengan renta mensual o semestral?
en un laburo dan dinero al 40% a 2 años y me parece interesando la opcion de recolocarlo
que me dicen?
gracias!
te la pueden recolocar con un bono reperfilado a xx años. Ojo.
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Ezebursatil
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Re: Títulos Públicos
kelui escribió:en pesos tenés el PR13
Descripción
Bocon Prov. 6° 2% (PR13) es un título público nacional emitido en pesos ajustable por CER y tasa fija del 2,00% anual con fecha de vencimiento el 15/03/2024. Su valor técnico es de 614,67 pesos con un valor residual del 44,39%. Actualmente cotiza a $276,95 lo que representa una paridad del 45,06%. El próximo vencimiento opera el día 15/11/2019 con corte de cupón el día 13/11/2019. En dicho vencimiento pagará 11,492 pesos en concepto de capital y 1,024 pesos de interés cada 100 valores residuales que equivalen a 4,52% de su valor de cotización actual. Los intereses y el capital son pagados mensualmente. La duration del PR13 es de 1,5 años, mientras que su promedio ponderado de vida es de 2,2 años. Su TIR actual es de 56,46% anual +CER. La volatilidad del bono en las últimas 40 ruedas fue de 87,5% anual.
Graciela! a analizarlo entonces!
Re: Títulos Públicos
Ezebursatil escribió:Hola a todos muchachos,
alguno me sabe decir que bono hay que tengan renta mensual o semestral?
en un laburo dan dinero al 40% a 2 años y me parece interesando la opcion de recolocarlo
que me dicen?
gracias!
en pesos tenés el PR13
Descripción
Bocon Prov. 6° 2% (PR13) es un título público nacional emitido en pesos ajustable por CER y tasa fija del 2,00% anual con fecha de vencimiento el 15/03/2024. Su valor técnico es de 614,67 pesos con un valor residual del 44,39%. Actualmente cotiza a $276,95 lo que representa una paridad del 45,06%. El próximo vencimiento opera el día 15/11/2019 con corte de cupón el día 13/11/2019. En dicho vencimiento pagará 11,492 pesos en concepto de capital y 1,024 pesos de interés cada 100 valores residuales que equivalen a 4,52% de su valor de cotización actual. Los intereses y el capital son pagados mensualmente. La duration del PR13 es de 1,5 años, mientras que su promedio ponderado de vida es de 2,2 años. Su TIR actual es de 56,46% anual +CER. La volatilidad del bono en las últimas 40 ruedas fue de 87,5% anual.
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Ezebursatil
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Re: Títulos Públicos
Hola a todos muchachos,
alguno me sabe decir que bono hay que tengan renta mensual o semestral?
en un laburo dan dinero al 40% a 2 años y me parece interesando la opcion de recolocarlo
que me dicen?
gracias!
alguno me sabe decir que bono hay que tengan renta mensual o semestral?
en un laburo dan dinero al 40% a 2 años y me parece interesando la opcion de recolocarlo
que me dicen?
gracias!
Re: Títulos Públicos
amadeus14 escribió:Si, verdad, hoy por el feriado de ayer...
Con la renta del pba creo que voy al verde.
Re: Títulos Públicos
jorgecolor escribió:hola a la banda, che hoy paga la renta el PBA25 verdad?? entra el en día o la pisan un poco...
Si, verdad, hoy por el feriado de ayer...
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jorgecolor
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Re: Títulos Públicos
hola a la banda, che hoy paga la renta el PBA25 verdad?? entra el en día o la pisan un poco...
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Goldfinger
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Re: Títulos Públicos
resero escribió:hagale caso a estos garcas como al forsta criacuervos y no va a ganar un peso.
Mas allá de todo lo que se pueda decir en un sentido u otro, lo siguiente es estrictamente cierto:
Además, recuerden lo que les conté la semana pasada: hay una burbuja crediticia a nivel mundial a punto de estallar y Argentina es sólo uno de todos los actores que necesitarán refinanciar su deuda.
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RusoLocoSuelto
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Re: Títulos Públicos
Metano escribió:decreto 609/2019
ARTÍCULO 4°.- Sustitúyese el artículo 2º del Decreto N° 596 del 28 de agosto de 2019 por el siguiente:
“ARTÍCULO 2°.- La postergación dispuesta en virtud del artículo 1° no alcanzará a los títulos representativos de deuda pública nacional de corto plazo identificados en el Anexo del que da cuenta el artículo 1°, en los casos en que las tenencias:
a) consten al 31 de julio de 2019 en sistemas de registro a través de entidades locales cuyas registraciones sean verificables por las autoridades competentes de contralor de la República Argentina, y
b) correspondan, directa o indirectamente a personas humanas que las conserven bajo su titularidad a la fecha de pago y cuya trazabilidad pueda ser verificada por los citados organismos de contralor estatales.
Idéntico tratamiento tendrán los títulos suscriptos en la licitación del 13 de agosto de 2019 por personas humanas que los conserven bajo su titularidad a la respectiva fecha de pago.
Esta me la había perdido, no lo leí en su momento.
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RusoLocoSuelto
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Re: Títulos Públicos
elbasko escribió:Sigo sin entender muy bien. Yo compré el 30/7 lecap S11O9 y parte de la inversión fue con lecap que vencía el 31/7 y las reinverti. Fue en mercado secundario no en la licitación. Entonces y habiendo leído vuestros comentarios, debería haber entrado en reperfilamiento? El interés del 59% que pagaban acompañaría la extensión de plazo? O debo patear algunos escritorios?
Sí, entrás en reperfilamiento. Tus papeles te los dieron el 1/08. El interés no es 59% para esa letra, es
4,5% si no me falla la memoria.
Lo que están diciendo es para el que licito en Agosto, ahí mostraron que no estaría re perfilado. Esa modificación al decreto no la había visto. Tiene toda la lógica la verdad hacerlo así, sino sería muy bruto todo.
Re: Títulos Públicos
EFFE escribió:Lo busqué y no puedo encontrarlo... Recuerdo que leí que PF si licitaron en Agosto zafaban del reperfilamiento también.
decreto 609/2019
ARTÍCULO 4°.- Sustitúyese el artículo 2º del Decreto N° 596 del 28 de agosto de 2019 por el siguiente:
“ARTÍCULO 2°.- La postergación dispuesta en virtud del artículo 1° no alcanzará a los títulos representativos de deuda pública nacional de corto plazo identificados en el Anexo del que da cuenta el artículo 1°, en los casos en que las tenencias:
a) consten al 31 de julio de 2019 en sistemas de registro a través de entidades locales cuyas registraciones sean verificables por las autoridades competentes de contralor de la República Argentina, y
b) correspondan, directa o indirectamente a personas humanas que las conserven bajo su titularidad a la fecha de pago y cuya trazabilidad pueda ser verificada por los citados organismos de contralor estatales.
Idéntico tratamiento tendrán los títulos suscriptos en la licitación del 13 de agosto de 2019 por personas humanas que los conserven bajo su titularidad a la respectiva fecha de pago.
Re: Títulos Públicos
EFFE escribió:Lo busqué y no puedo encontrarlo... Recuerdo que leí que PF si licitaron en Agosto zafaban del reperfilamiento también.
Acá lo encontré.
A través del decreto 609/2019 se modifica el artículo 2 del decreto 596/2019, estableciendo en el segundo párrafo del inciso b que la licitación del 13 de agosto suscripta por personas físicas quedan excluidas del reperfilamiento.
Re: Títulos Públicos
Metano escribió:Recuerdo haber leído una disposición posterior a la que determinaba el reperfilamiento que aclaraba que la unica licitación primaria hecha con posterioridad a las primarias quedaba excluida del reperfilamiento para personas físicas.
Lo busqué y no puedo encontrarlo... Recuerdo que leí que PF si licitaron en Agosto zafaban del reperfilamiento también.
Re: Títulos Públicos
elbasko escribió:Sigo sin entender muy bien. Yo compré el 30/7 lecap S11O9 y parte de la inversión fue con lecap que vencía el 31/7 y las reinverti. Fue en mercado secundario no en la licitación. Entonces y habiendo leído vuestros comentarios, debería haber entrado en reperfilamiento? El interés del 59% que pagaban acompañaría la extensión de plazo? O debo patear algunos escritorios?
Buenas noches. La compra no creo que haya Sido en contado inmediato si te permitieron usar lo que cobrabas al día siguiente, seguramente fue en 48hs por lo cual la operación se pacta el 30/07 y queda concretada el 01/08… lamentablemente se incorpora a tus tenencias en PUC en esa fecha. No quedé metido de casualidad yo, es impresentable la fecha de corte para reperfilar del 31/07 cuando las paridades hasta el 26/08 eran "normales"... Cómo dijo Leandritus, hay que tomar nota y el resto de la vida pensar muy bien si le prestamos al Estado Argie. Abrazo grande.
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