gina escribió:Ok..opino igual..
bueno no es el caso de zafaroni,,,,el le pone a la primera casa habitacion a las restantes prostibulos...
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gina escribió:Ok..opino igual..
gina escribió:Si ya lo hice a eso...en un rato lo reviso nuevamente...
Increible.mi cuñado JAMAS presentó NADA...
paisano escribió:Tengo una situación así y en ambos casos le pongo casa habitación.
gina escribió:Por ej. Tenés 1 casa y 1 dpto..en la casa vivis vos..o sea casa habitación y en el dpto tu hija..q destino le pones? Inversión..sino Otro...no seamos mas papistas q el papa
Que dujovne.declare su casa.NO como baldío...garka Imundoo
ironhide escribió:Y ojo que los que estan en provincia en 2018 subieron muchisimo la valuación arba que incidiría en el impuesto pero por el otro lado afip dejo vigente para este año una modificación que era para el 2019 (como lo de la exención) y que es que la valuación hay que poner la del 2017 aumentada por el 47,6% de inflación, queda muy por debajo de la millonada de la valuación que mandó arba.
Gina, revisá en cada uno de los bienes que no diga que faltan datos.
d34a escribió:Eso es incorrecto. La casa habitación hasta 18 millones de pesos va a quedar exenta en la declaración de 2019, que vas a presentar el año que viene. En la declaración jurada de 2018 que se presenta en estos días, la casa habitación está gravada en bienes personales.
Antifáz escribió:Quizá te falte cargar el 5% de bienes muebles.
El sistema lo calcula y vos tenés que aceptarlo.
Verificate este detallecito.
czekajlo escribió:recordar que en inmuebles hay que poner casa habitacion al de mayor importe y considerarlo exento
czekajlo escribió:que pasa con los Dica y ay24 que compraste antes del 2018 estaban arriba de su valor nominal,,,,
hasta cuando podremos amortizar esa perdida,,,en este año 2018 con el cupon bajando costo,,,,pero el resto de perdida si no los vendes que pasa,,,,quien se hace cargo,,,,?????
si no los vendes y si no repiten la excepcion de imputar las rentas al costo como lo hicieron en 2018, para 2019 y sucesivos hay que calcular lo que pagaste sobre la par llevado a usd y prorrateado a lo largo de la vida del bono asignando a cada ejercicio lo que corresponda ajustar contra las rentas percibidas (teniendo en cuenta que si luego del ajuste resulta un saldo a favor, ese saldo no es tal y el excedente sobre cero pasa a los ejercicios siguientes incrementando el ajuste por el concepto bajo analisis).
gina escribió:Gracias por tu respuesta...pero ninguno dice incompleto...pero el general si...
Mier..da
czekajlo escribió:revisa cada grupo de bienes y verifica si en alguno indica incompleto, es probable que falten datos en algún ítem
d34a escribió:Si no lo vendés entonces no hay pérdida. En el momento de la amortización el bono te va a dar la misma cantidad de dólares que te hubiera dado de no existir el impuesto cedular.
czekajlo escribió:que pasa con los Dica y ay24 que compraste antes del 2018 estaban arriba de su valor nominal,,,,
hasta cuando podremos amortizar esa perdida,,,en este año 2018 con el cupon bajando costo,,,,pero el resto de perdida si no los vendes que pasa,,,,quien se hace cargo,,,,?????
si no los vendes y si no repiten la excepcion de imputar las rentas al costo como lo hicieron en 2018, para 2019 y sucesivos hay que calcular lo que pagaste sobre la par llevado a usd y prorrateado a lo largo de la vida del bono asignando a cada ejercicio lo que corresponda ajustar contra las rentas percibidas (teniendo en cuenta que si luego del ajuste resulta un saldo a favor, ese saldo no es tal y el excedente sobre cero pasa a los ejercicios siguientes incrementando el ajuste por el concepto bajo analisis).
czekajlo escribió:revisa cada grupo de bienes y verifica si en alguno indica incompleto, es probable que falten datos en algún ítem
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