Nicklaus escribió:Tenés que llevar el método PEPS por especie. El que está inscripto en el impuesto a las Ganancias, indepte de que antes no tenía gravadas las rentas, a efectos de determinar su patrimonio en dicho impuesto (que difiere al criterio de valuación del patrimonio en Bienes Personales) ya lo venía haciendo.
En el precio de compra computás los costos necesarios de adquisición (comisiones de compra).
Si compraste en pesos es simple, el previo en pesos + comisiones.
Si compraste en D, hay que determinar el tipo de cambio del día de compra y pasarlo a pesos.
Habrá que ver entonces cómo se computa en la valuación del inventario el supuesto rumor de que van a permitir deducir de la valuación de compra las rentas cobradas. Será una vuelta de tuerca de la planilla básica que se venía usando.
Pero el concepto principal es que tenés que llevar el inventario especie por especie.
creo que hay que partir del saldo 31/12/2017 que supongo que será el informado por cada bono en iigg, eso es lo que se compara con lo ocurrido en 2018 para presentar el imp renta financ 2018.
para esa comparación y para dejar de lado la dif de cambio, habría que considerar sobre cada saldo 31/12/2017 la conversión a usd por el tc divisa comprador bna a esa fecha.
por 2018 sería cada operación llevada a usd por el tc divisa comprador bna de la fecha de c/ operación y la del 31/12/2018 si mantengo el bono en stock.
luego cada consideración sobre la paridad y los intereses corridos.
en el caso teorico de saldo 31/12/2017 a paridad 100 y sin intereses corridos, las rentas cobradas en 2018 entiendo que se convierten al tc comprador divisa bna a la fecha de cobro y eso esta gravado, a menos que como dice el rumor pueda agregarlo al costo de compra como excepcion por el 2018.