Einlazer84 escribió:Tecnicamente si nos vamos a poner super mega tecnicos y correctos.
Es correcto lo que dice la Camara Federal, la nueva ley de Movilidad Jubilatoria es ANTICONSTITUCIONAL
Porque????????
Porque la constitución dice entre tantas cosas que los beneficios que uno Adquiere en Argentina forman parte del Concepto de "Derecho Adquirido" osea no te pueden sacar beneficios ya adquiridos a nivel constitucional como son las Jubilaciones.
Osea por ejemplo mañana no pueden sacar un decreto que vuelvan a instalar la exclavitud, mañana no pueden sacar un decreto que prohiban transitar libremente por el país, mañana no pueden sacar un decreto que prohiba a los trabajadores organizarse en gremios, osea son derechos adquiridos y la constitución dice claramente que no pueden quitarse o deteriorarse los derechos adquiridos.
Y que el Jubilado tenga una actualización Jubilatoria es un DERECHO ADQUIRIDO entonces no pueden cambiarte la formula por una peor, eso viola ese concepto de la Constitución.
Entonces si nos ponemos super tecnicos tiene razón la Camara Federal, es anticonstitucional, osea tenes que reformar la constitución quitar el concepto de "derecho adquirido" en la constitución y ahi si si queres hasta incluso mañana podes bajarle la jubilación a todos y estas en tu ley.
Veremos como prospera, si nos ponemos en Constitucionalistas, la ley de movilidad Jubilatoria debe ser anulada.
Es inconstitucional fundamentalmente porque tuvo implicancias retroactivas. De hecho el fallo no declara inconstitucional el cambio de sistema, pero si a su denegación del ajuste previo que hasta su entrada en vigor ya era derecho adquirido. El tema es que el gran ahorro no vino del cambio de sistema, vino justamente de no hacer ese ajuste que correspondía por el sistema anterior vigente. Eso está clarísimo que es inconstitucional y un robo a mano armada independientemente de lo que la política consiga hacer que dictamine la justicia.