DarGomJUNIN escribió:Para no molestarme en buscar el valor exacto del tipo de cambio comprador del Banco Nación, utilizo TCR que es apenas superior.
Si, tiene razon. No creo que difiera mucho el calculo
|
Bienvenido a los foros de Rava Bursátil. Si todavía no lo hiciste, te invitamos a registrarte gratis para poder participar. Recibirás información sobre los mercados y nuestros servicios. Si ya sos usuario, podés identificarte para desactivar este aviso. |
DarGomJUNIN escribió:Para no molestarme en buscar el valor exacto del tipo de cambio comprador del Banco Nación, utilizo TCR que es apenas superior.
mec123 escribió:Hola Leviathan , estás queriendo decir que si compré un bono a 20 pesos este año ; y hoy lo vendo a 1 dólar ( precio de cotización comprador banco nación del 2/2/2018 es $19,25) no debería pagar el impuesto ?
Leviathan escribió:La imputación de acuerdo a su devengamiento en función del tiempo a que se refiere el inciso a) del primer párrafo del presente artículo, así como el devengamiento en forma proporcional que mencionan sus incisos c) y d), implican que, en los casos de valores en moneda extranjera la conversión a pesos de los respectivos conceptos se hará al tipo de cambio comprador conforme al último valor de cotización del Banco de la Nación Argentina al 31 de diciembre de cada año. Tratándose de valores con cláusula de ajuste, tales conceptos se calcularán sobre el valor del capital actualizado a esa fecha.
Lo dice la ley el tipo de cambio a utilizar
Leviathan escribió:La imputación de acuerdo a su devengamiento en función del tiempo a que se refiere el inciso a) del primer párrafo del presente artículo, así como el devengamiento en forma proporcional que mencionan sus incisos c) y d), implican que, en los casos de valores en moneda extranjera la conversión a pesos de los respectivos conceptos se hará al tipo de cambio comprador conforme al último valor de cotización del Banco de la Nación Argentina al 31 de diciembre de cada año. Tratándose de valores con cláusula de ajuste, tales conceptos se calcularán sobre el valor del capital actualizado a esa fecha.
Lo dice la ley el tipo de cambio a utilizar
DarGomJUNIN escribió:Si todo transcurrió dentro del mismo período fiscal (año calendario) se "netean" los resultados.
DarGomJUNIN escribió:Si todo transcurrió dentro del mismo período fiscal (año calendario) se "netean" los resultados.
mec123 escribió:Ok gracias DarGomJUNIN, entiendo que en ese caso queres decir que no estaría alcanzado por el impuesto
Una pregunta más, si compro un bono en dólares y lo vendo en pesos ( o viceversa ) como hago para calcular el impuesto a tributar ?
mec123 escribió:Jajaja corta la bocha ...
Te re formulo lo que pregunto Diegoysalir
Si gane 10 pesos con dica y perdí 11 pesos con ay24 ( todo en el mismo periodo fiscal) se debería tributar renta financiera o se netean ambos resultados ?
DarGomJUNIN escribió:Sí, están dentro de la "misma clasificación" impositiva.
DiegoYSalir escribió:faltan 15 años para terminar de cobrar el dica, tenes idea de cuanto es eso???
que edad tenes pampita aveces demasiado joven u optimista, o ambas...

DarGomJUNIN escribió:Yo utilizo el TCR (tipo de cambio de referencia) del BCRA y que me lo vengan a discutir los compañeros de AFIP.
mec123 escribió:Ok gracias DarGomJUNIN, entiendo que en ese caso queres decir que no estaría alcanzado por el impuesto
Una pregunta más, si compro un bono en dólares y lo vendo en pesos ( o viceversa ) como hago para calcular el impuesto a tributar ?
DiegoYSalir escribió:con el mismo criterio si "gane" con dica pero perdí con ay24 (parientes desde la perspectiva del nuevo impuesto) ???
Usuarios navegando por este Foro: Ahrefs [Bot], Amazon [Bot], Bing [Bot], Didi, excluido, Google [Bot], Majestic-12 [Bot], notescribo, Semrush [Bot] y 329 invitados