cuat escribió:Yo tenía esa duda, pero la ley dice que el MNI se reparte en forma proporcional. Si tenés 40% de rentas gravadas al 15% y 60% al 5% el MNI se reparte en esa proporción:
ARTICULO ...- Deducción Especial. Cuando las personas humanas y las sucesiones indivisas residentes en el país, obtengan las ganancias a que se refieren el primer artículo agregado sin número a continuación del artículo 90 y los incisos a) y b) del primer párrafo del cuarto artículo agregado sin número a continuación del artículo 90, en tanto se trate de ganancias de fuente argentina, podrá efectuarse una deducción especial por un monto equivalente a la suma a la que alude el inciso a) del artículo 23, por período fiscal y que se proporcionará de acuerdo a la renta atribuible a cada uno de esos conceptos.
http://servicios.infoleg.gob.ar/infoleg ... texact.htm
A como viene la mano, en Junio de 2019 vamos a estar así:
