Megaman escribió:Estimado, esta confundiendo conceptos. Las Personas Juridicas pagan BS PERSONALES RESPONSABLE SUSTITUTO (precisamente lo que menciona). Las personas FISICAS no pagan bienes personales sobre las tenencias de acciones al 31/12 (el unico requerimiento impositivo es la declaración en la DDJJ de las tenencias al 31/12 pero NO tributan impuesto).
Lo pagan las empresas es cierto, la persona física declara las acciones en su declaración de Bienes personales (para que le cierre su activo), pero no paga por ellas al fisco.
Si puede la empresa después reclamarte lo que pagó por la persona física; me ha pasado en TRAN, INDU y PESA (en ésta última me lo dedujeron de los dividendos a pagarme). No soy contador tributarista, pero ésto lo tengo claro porque me ha pasado con las intimaciones de dichas empresas.