murddock escribió:Habemus piso en AY24.
murdock, nose si piso, al menos dejo de sangrar y capaz solo se cuidaron un poco de no atropellarse todo al salir, digamos... salir sin romper el precio... pero que volumen que mueve este papelucho
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murddock escribió:Habemus piso en AY24.
cuat escribió:Además de bienes personales.Hasta 3 inmuebles los podrías facturar por el monotributo, pero eso con ingresos brutos te lleva el 15% de la facturación. Si son más de 3 inmuebles tenés que facturar como responsable inscripto, IVA y ganancias... 46% de la facturación, habría que ver los gastos que podés descontar de IVA y deducir de ganancias.
guilleg escribió:La ganancia de los cupones es sobre los dolares, no hay impuesto sobre diferencias de cambio. Y si compraste el bono a U$s 110, yo entiendo que hay una rebaja en el impuesto de los cupones, los 10 dolares se dividen por los años que le queda al bono.
Correcto, si compro en 100 y vendo en 110, pago u$s 1.5 de impuesto.
Pero el que lo compra en 110 al final o lo vende o espera la amortizacion y cobra 100, va a tener un credito a favor de u$s 1.5
Lo que gana uno lo pierde el otro.
Insisto, esto no tiene ningun sentido. Si yo tengo un plazo fijo y lo vendo antes del vencimiento, que le importa a la AFIP ?
Distinto seria si se cobra a la compraventa de acciones, el precio no tiene techo.
kelui escribió:hasta que no la vea (la ley) no lo creo, el PR15 cotiza bajo la par además, hasta que no esté nada claro yo sigo sumando
DiegoYSalir escribió:maque dedazo, solo esta bajando como el resto de los bonos en pesos de tasa variable (15% de ganancias) peor el caso de DICP, PARP, CUAP, etc, etc, etc... pr15 la esta sacando barata incluso.... le pegaron hasta el TJ20 que es el nuevo invento gaturro...
kelui escribió:alguien sabe que pasó con el PR15? dedazo?
pude rasguñar algo
nigrovader escribió:Ojo que respecto a la compra venta de titulos publicos quedo medio en una zona gris, básicamente habla que no se computarán diferencias de tipo de cambio ni de actualizaciones. Y sobre eso se aplica el impuesto, asi que habría que ver que quiere decir con 'actualizaciones'. Osea que si compro un bono a U$S100 y lo vendo a U$S110, parece que tendremos que pagar U$S1,5. (Pero si el bono no vario en su valor en dólares y si subio el tipo de cambio, no aplica cobrar en ese caso)
Lo que si no entendí muy bien es que pasa con los cupones cuando compras un bono a U$S110 y su valor técnico es U$S100, parece que el impuesto que se aplique sobre el cobro de cupon es menos.
nigrovader escribió:En realidad dice que lo puede subir por decreto pero solo hasta el 15%, en el proyecto ya figura ese limite.
Z37A escribió:Lo lindo que el item que dice el 5% sobre bonos en pesos aclara que podrá ser modificado pro orden del ejecutivo... o sea salteandose al congreso en materia de impuestos! Hoy 5% pero mañana pueden cambiarlo por decreto a 10, 20 o 30 sin problemas! Mucha seguridad me da eso....
guilleg escribió:Sigo sin entender como han complicado tanto este impuesto. Cobrar en los cupones, amortizacion y compra-venta no tiene sentido. Si un minorista vende antes de cobrar el cupon otro se lo compra y pagará , y si es persona juridica con el 25%-35%.
Y que le importa al estado si uno gano o perdio con la compraventa, en el mercado lo que uno gana otro lo pierde.
Debería ser solo los cupones de renta, como los plazos fijos.
Tal como esta redactado cada persona fisica va a tener que contratar un contador, y la AFIP poner un empleado para controlar la DJ.
Pero va a haber que hacerse a la idea, los grandes capitales no van a encanutar los verdes, lo importante es la probabilidad de default, el show debe continuar.
cuat escribió:Además de bienes personales.Hasta 3 inmuebles los podrías facturar por el monotributo, pero eso con ingresos brutos te lleva el 15% de la facturación. Si son más de 3 inmuebles tenés que facturar como responsable inscripto, IVA y ganancias... 46% de la facturación, habría que ver los gastos que podés descontar de IVA y deducir de ganancias.
PAPU07 escribió:Pero el hecho de tener propiedades que no sean vivienda propia también implica pagar un impuesto anual![]()
Hay que afinar el lápiz y hacer bien los cálculos
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