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Hannibal2
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Re: ERAR Siderar

Mensajepor Hannibal2 » Lun Sep 04, 2017 2:43 pm

jmario escribió:Empeza a estudiar el tema opciones no solo para lanzar papeles, podes comprar y lanzar call arriesgando menos plata, hay varias posibilidades. Quedarse quieto en este papel no es negocio desde hace mucho tiempo

Muchas Gracias!!!

09ezemarq
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Re: ERAR Siderar

Mensajepor 09ezemarq » Lun Sep 04, 2017 2:41 pm

monfe escribió:La ley habla de ganancias con derivados, futuros, opciones, hace la distinción en cobertura para como podes computar los quebrantos.Y las operaciones con acciones están exentas por ley, no importa si es especulación, excepto para los sujetos del inciso c del art 49.

Las operaciones de acciones están exentas, en ningún momento dije lo contrario (si lo hice, lease opciones), pero las de opciones no están incluidas en las exenciones del art. 20 de la ley, por lo que, al ser ésta última taxativa, se consideran gravadas en su totalidad (según la ley de IIGG, sin perjuicio que alguna resolución de AFIP u otra ley diga lo contrario), ya que deben estar expresamente nombradas dentro de las exenciones, el activo subyacente es otro tema. Ahora, en el artículo 19 (que es el el que decís vos que trata los quebrantos) es de donde se agarran convenientemente los contadores para considerar las "operaciones de cobertura" exentas simplemente por la parte en que dice "a excepción de las operaciones de cobertura", cuando en realidad podría interpretarse que los quebrantos de estas operaciones pueden ser compensados con ganancias de otro tipo de operación (En este caso estarían gravadas). Esta ambiguedad es aprovechada por los contribuyentes para considerarlas exentas (para PF o humanas como se puso de moda decirles ahora por supuesto, PJ pagan siempre por cualquier tipo de operación, ya que se aplica la alícuota al resultado total) ya que la ley no se pronuncia expresamente en tal respecto, y esta asunción del contribuyente esta conforme a la ley hasta que el fisco o el Poder Legislativo se pronuncie al respecto.
Si me llego a equivocar, explicame mejor (sobre todo donde dice que todas las operaciones con opciones están exentas para PF), ya que me gustaría no tributar un goman de IIGG por los lotes :P

Saludos!

monfe
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Re: ERAR Siderar

Mensajepor monfe » Lun Sep 04, 2017 2:03 pm

09ezemarq escribió:Ya lo se, de hecho lo puse mñas abajo, el fisco considera "cobertura" a lo contrario de "especulación", el parámetro que utilizaron es si es ejercida es cobertura y si es compra venta es especulación, no es necesariamente siempre así, pero algún criterio tenían que adoptar... Lo que no estoy seguro es si las primas de lanzamientos cubiertos están gravadas, lo razonable sería que no lo estén ya que son consideradas una cobertura a la baja del papel, pero no estoy seguro si es así, la ley de IIGG hasta donde se no menciona expresamente los lanzamientos cubiertos, yo por las dudas los pasé como exentos :P

La ley habla de ganancias con derivados, futuros, opciones, hace la distinción en cobertura para como podes computar los quebrantos.Y las operaciones con acciones están exentas por ley, no importa si es especulación, excepto para los sujetos del inciso c del art 49.

09ezemarq
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Re: ERAR Siderar

Mensajepor 09ezemarq » Lun Sep 04, 2017 1:36 pm

monfe escribió:Las ganancias por derivados están gravadas, cuando ejerces es compra venta de acciones que esta exenta (siempre hablando de personas humanas).

Ya lo se, de hecho lo puse mñas abajo, el fisco considera "cobertura" a lo contrario de "especulación", el parámetro que utilizaron es si es ejercida es cobertura y si es compra venta es especulación, no es necesariamente siempre así, pero algún criterio tenían que adoptar... Lo que no estoy seguro es si las primas de lanzamientos cubiertos están gravadas, lo razonable sería que no lo estén ya que son consideradas una cobertura a la baja del papel, pero no estoy seguro si es así, la ley de IIGG hasta donde se no menciona expresamente los lanzamientos cubiertos, yo por las dudas los pasé como exentos :P

monfe
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Re: ERAR Siderar

Mensajepor monfe » Lun Sep 04, 2017 12:55 pm

09ezemarq escribió:Ojo con eso. Si.las opciones son compradas con el objeto de "cobertura" no estan gravadas. Ahora, definime cobertura... Ahi esta el problema

Las ganancias por derivados están gravadas, cuando ejerces es compra venta de acciones que esta exenta (siempre hablando de personas humanas).

AlanT
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Re: ERAR Siderar

Mensajepor AlanT » Dom Sep 03, 2017 5:10 pm

09ezemarq escribió:Lo que si es seguro, es qie resultados positivos como consecuencia del ejercicio de las opciones no estan gravados, ya que son incluidas sin mas en "cobertura"
Muchos incluyen tambien como cobertura algunas compra venta. Pero ahi ya no estas del todo seguro que no te va a llegar nada

El ejercicio de lotes, sean calls o puts no es cobertura sino el perfeccionamiento de una operación de compra (call) o de venta (put). Es por esa razón que no tribura ganancias.

Athila
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Re: ERAR Siderar

Mensajepor Athila » Dom Sep 03, 2017 4:27 pm

09ezemarq escribió:Ojo con eso. Si.las opciones son compradas con el objeto de "cobertura" no estan gravadas. Ahora, definime cobertura... Ahi esta el problema

Cobertura = PUT y también LANZAMIENTO CUBIERTO A FINISH.-

09ezemarq
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Re: ERAR Siderar

Mensajepor 09ezemarq » Dom Sep 03, 2017 3:02 pm

Roberto escribió:Tenes que tener en cuenta, además de estudiar el tema, que la operatoria de opciones esta gravada;


Opciones

•Impuesto a las Ganancias:
Los resultados originados por la operatoria con opciones se encuentran gravados.

•Impuesto sobre los Bienes Personales:
El monto invertido Opciones por parte de personas físicas se encuentra gravado por el impuesto, aplicándose las alícuotas correspondientes establecidas por la normativa vigente

Lo que si es seguro, es qie resultados positivos como consecuencia del ejercicio de las opciones no estan gravados, ya que son incluidas sin mas en "cobertura"
Muchos incluyen tambien como cobertura algunas compra venta. Pero ahi ya no estas del todo seguro que no te va a llegar nada

09ezemarq
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Re: ERAR Siderar

Mensajepor 09ezemarq » Dom Sep 03, 2017 2:58 pm

Roberto escribió:Tenes que tener en cuenta, además de estudiar el tema, que la operatoria de opciones esta gravada;


Opciones

•Impuesto a las Ganancias:
Los resultados originados por la operatoria con opciones se encuentran gravados.

•Impuesto sobre los Bienes Personales:
El monto invertido Opciones por parte de personas físicas se encuentra gravado por el impuesto, aplicándose las alícuotas correspondientes establecidas por la normativa vigente

Ojo con eso. Si.las opciones son compradas con el objeto de "cobertura" no estan gravadas. Ahora, definime cobertura... Ahi esta el problema

Roberto
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Re: ERAR Siderar

Mensajepor Roberto » Sab Sep 02, 2017 2:01 pm

Inver08 escribió:Me parece a mì o nos la vienen poniendo seguido con la nueva fórmula para calcular el cierre? El viernes operaba 11,70, despuès operò 10,75 y terminó operando 10,80. El cierre fue 10,70. No debió haber sido 10,75?

Siempre lo ponen más abajo, así quedo en google finance, dicho sea de paso el acero :arriba:
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Roberto
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Re: ERAR Siderar

Mensajepor Roberto » Sab Sep 02, 2017 1:00 pm

Hannibal2 escribió:Hace muy poco q empece y no manejo todo el abanico de cosas q puedo hacer, tengo q ponerme en campaña y estudiar algunos temas, pero vengo viendo q muchos manejan esa estrategia.

Tenes que tener en cuenta, además de estudiar el tema, que la operatoria de opciones esta gravada;


Opciones

•Impuesto a las Ganancias:
Los resultados originados por la operatoria con opciones se encuentran gravados.

•Impuesto sobre los Bienes Personales:
El monto invertido Opciones por parte de personas físicas se encuentra gravado por el impuesto, aplicándose las alícuotas correspondientes establecidas por la normativa vigente

jmario
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Re: ERAR Siderar

Mensajepor jmario » Sab Sep 02, 2017 11:09 am

Hannibal2 escribió:Hace muy poco q empece y no manejo todo el abanico de cosas q puedo hacer, tengo q ponerme en campaña y estudiar algunos temas, pero vengo viendo q muchos manejan esa estrategia.

Empeza a estudiar el tema opciones no solo para lanzar papeles, podes comprar y lanzar call arriesgando menos plata, hay varias posibilidades. Quedarse quieto en este papel no es negocio desde hace mucho tiempo

Hannibal2
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Re: ERAR Siderar

Mensajepor Hannibal2 » Sab Sep 02, 2017 10:56 am

09ezemarq escribió:Lanzalas papi... Un manguito extra le saco yo asi

Hace muy poco q empece y no manejo todo el abanico de cosas q puedo hacer, tengo q ponerme en campaña y estudiar algunos temas, pero vengo viendo q muchos manejan esa estrategia.

monfe
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Re: ERAR Siderar

Mensajepor monfe » Sab Sep 02, 2017 10:27 am

Me parece ami o el mercado argentino llego al insolito de que ahora todo depende si a este chico Maldonado lo chupo la gendarmeria, o aparece despues de una autodesaparicion y el impacto en las elecciones que se pueda suponer de todo esto.

Inver08
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Re: ERAR Siderar

Mensajepor Inver08 » Sab Sep 02, 2017 9:28 am

Me parece a mì o nos la vienen poniendo seguido con la nueva fórmula para calcular el cierre? El viernes operaba 11,70, despuès operò 10,75 y terminó operando 10,80. El cierre fue 10,70. No debió haber sido 10,75?


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