Peterpan escribió:En realidad, la excepción de bienes personales y ganancias es sólo para argentinos que inviertan en empresas que estén radicadas aquí, siempre y cuando no sean habitualistas.
TS, APBR, AEN, STD, aunque fueses argentino no estaban exentas del tributo de bbpp y ganancias, y nunca lo estuvieron. Otra cosa es que la mayoría de los inversores no lo sepa o no lo declare.
Claro que, si ahora se ponen a revisar todas las operaciones los que son agentes de retención, bueno pueden salir las inconsistencias.
Mi opinión: se les va a armar un bolonqui y van a volver atrás con la medida.
Y sí, como decía ayer ... decí que los otros son de terror. Bueno, por lo menos rectificaron
