atrevido escribió:christian , cresud: Gente, veo que hay mucha confusion aca...
La RG emitida por la AFIP no crea ningun impuesto nuevo, unicamente reglamenta un regimen de retencion de impuesto a las ganancias para beneficiarios del exterior.
La compraventa de acciones esta GRAVADA en el impuesto por el art. 2 inc) 3 de la Ley a una alicuota del 15%. Esto es asi desde el año 2013 a partir de la sancion de la ley 26.893 que reforma la ley de ganancias
Ahora bien, los resultados por la compraventa de acciones que cotizan en bolsa estan exentos por el art 20 inc w) PERO SOLO PARA RESIDENTES DEL PAIS.
Es decir, las operaciones de compraventa de acciones que cotizan y que no cotizan llevadas a cabo por extranjeros estan GRAVADAS al 15% y no tienen exencion de ninguna indole. DESDE EL 2013 NO HAY MODIFICACION EN ESTO.
La unica novedad es la reglamentacion de la mecanica de retencion que tienen que efectuar los agentes de bolsa a estos beneficiarios, algo puramente procedimental.
Dejen de hacerse la cabeza. No hay nada nuevo en materia de gravabilidad de renta financiera
Lo del 15% esta en el 90. La pregunta si no estaba reglamentado quien retenia? Nadie. Por lo tanto al de afuera no le retenian. Ahirs esta reglamentado y los alycs tienen que retener. La cosa cambia... no?