Celes escribió:Deberia exponer todo su activo a precios reales... seria impresionante. Y hacia adelante pagariamos menos impuestos por mayores amortizaciones...
El ajuste por inflación es un mecanismo que viene a subsanar el problema que la inflación genera sobre uno de los tres pilares de cualquier modelo contable, que es la unidad de medida (los otros dos son son los criterios de medición y el capital a mantener). El ajuste permite que exista uniformidad en la unidad de medida monetaria, reexpresando las partidas patrimoniales y de resultados a moneda de poder adquisitivo de cierre del ejercicio.
Esto trae consigo un reconocimiento de los resultados reales (netos del efecto inflacionario) y una reexpresión de los activos y pasivos no monetarios (como los bienes de uso, bienes de cambio y propiedades de inversión) aplicando los índices de inflación del periodo que se pretende ajustar.
Lo que quiero destacar es que el ajuste por inflación tiene que ver con la UNIDAD DE MEDIDA, pero no con los CRITERIOS DE MEDICION. Esto quiere decir que si el criterio para medir y valuar los campos, edificios y otras propiedades es el costo histórico, la incorporación de ajustes de reexpresión por inflación solo permitirá mostrar el mismo bien valuado al costo, reexpresado a moneda de cierre, pero no permitirá reconocer los acrecentamientos de valor reales que dichos bienes puedan haber sufrido, producto por ejemplo del desarrollo y puesta en valor de tierras y otras propiedades.
Quiero decir con esto que aun aplicando el ajuste por inflación, los activos de CRESUD continuarán quedando subvaluados (en menor medida que antes por supuesto) ya que el mecanismo por si solo no reconoce los cambios reales en el valor razonable de los activos (no generados por el deterioro de la moneda). Esos acrecentamientos de valor seguirán reconociéndose en resultados únicamente al momento de la trascendencia a terceros (venta).