ARBOND escribió:Consulta bbpp del DICA:
Si compre el 29 de diciembre a 72hs , los tengo que declarar?
La renta que paga el dica el dia 31 no estaba acreditada en mi comitente ese mismo dia logicamente, se considera como cobrada?
Gracias!
Compraste dica (o cualquier bono) a 72 hs el 29. El 31 no podés no tener nada, o declarás los DICA, o declarás los $ (que ya no los tenés en una cuenta excenta de BBPP), o declarás algún tipo de crédito a favor (vos pagaste $ y te están debiendo la entrega de los DICA), que tengo mis dudas que puedas considerar exento de BBPP. La realidad económica estricita creo que sería la tercer opción. Puro pragmatismo lo mio, yo a priori declararía los DICA, que están exentos de BBPP, no creo que nadie te vaya a hacer problema. La renta la declararía también y no la consideraría exenta.