AlanT escribió:Por fin gente profesional al frente del gobierno, no? Con los chantas que estaban antes todavía estaríamos pedaleando en el aire...
Profesionales que saltan de CABA a SAN LUIS para no pagar el CER?
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AlanT escribió:Por fin gente profesional al frente del gobierno, no? Con los chantas que estaban antes todavía estaríamos pedaleando en el aire...
Ventarrón escribió:Fue muy pequeña la inversión...![]()
Pero la próxima, lo prometo!
Pocoyo escribió:Pasá por Winery y quedá bien
Ventarrón escribió:Quiero agradecer a los foristas que me dieron una mano en mi primera inversión en bonos.
Especialmente a alfil y Patan (creo que era él). Tal vez ni se dieron cuenta, pero me han ayudado mucho respondiendo a mis consultas.
Mil gracias!![]()
AS16, fue mi primer bono.
Luego de dos años en renta variable, fue como entrar en un lago de aguas cristalinas luego de chapotear por años en el fango.
Saludos a todos y espero algún día poder aportar algo valioso por acá.
DavidBowman escribió:Holdouts: Prat-Gay admitió que el país no podrá cumplir con el acuerdo el 14 de abril
http://www.infobae.com/2016/04/06/18023 ... l-14-abril
Aunque era obvio, ayuda que se admita lo obvio.
Entre otras cosas, denota que en su momento subestimaron enormemente la situación, dado que hay que admitir que en el Congreso todo les salió casi perfecto (lo perfecto desde su punto de vista hubiese sido que nadie metiese cambios al proyecto del ejecutivo), y que perfectamente podrían haber existido más trabas y demoras en el proceso.
montador escribió:Estimado: Yo estoy en un situación exactamente igual que la suya:
ARBA no discrimina, sostiene que usted factura y/o vende servicios y para realizar el descargo es un engorroso trámite para que le devuelvan estos porcentajes.
Yo soy casado con mas de 25 años, y solo tengo 48 años, -
Para que esto no suceda he tenido que separar los bienes entre YO (inscripto en ARBA) y mi esposa (no inscripta) y pasar todas las operaciones de la Sociedad de Bolsa y FCI. a las cuentas de mi esposa.
Si bien ante la ley, esto no es necesario, lo tuve que hacer por tema ARBA y las comisiones en el Banco Galicia. Que en mi caso, IIBB es de 3.5% y demás comisiones que se le antoja al banco.
Es todo un tema: Pero lo sugiero que hable con un contador. Ya que también hay que tener en claro la situación matrimonial con hijos.
saludos
atte
Mongo Aurelius escribió:Estimados una consulta a ver si alguno se encuentra en mi mismo caso:
Soy contribuyente de IIBB de ARBA (pcia. de Bs.As). Las veces que sufrí retenciones bancarias por tranferencias entre cuentas las he podido deducir de las DDJJ. Una vez las sufrí cuando me acreditaron letras pero el mismo banco me hizo la devolución, después no volvió a pasar, porque títulos y letras emitidos por la nación están exentas.
Pero en este caso, vendí acciones de APBR y TS y sufrí retenciones, cuando voy a deducirlas de mi DDJJ Web no me las toma en cuenta, pero sí las que corresponden a los depósitos que me hacen mis clientes y a retenciones por transferencias entre cuentas. Yo puedo modificar el monto total de retenciones sufridas en el mes manualmente y agregarlas, pero ahora estoy en duda si corresponde o no.
Si no corresponde, ¿entonces ese 2% que me descuentan de IIBB por venta de acciones de APBR y TS es como si hubiese facturado?? que porquería si es así, porque entonces la conveniencia de vender o no vender debe incluir esa pérdida (2% en concepto de IIBB además de comisiones).
¿Es realmente así? porque entonces no me conviene ni el tradeo con acciones, invierto sólo en RF.
DavidBowman escribió:Holdouts: Prat-Gay admitió que el país no podrá cumplir con el acuerdo el 14 de abril
http://www.infobae.com/2016/04/06/18023 ... l-14-abril
Aunque era obvio, ayuda que se admita lo obvio.
Entre otras cosas, denota que en su momento subestimaron enormemente la situación, dado que hay que admitir que en el Congreso todo les salió casi perfecto (lo perfecto desde su punto de vista hubiese sido que nadie metiese cambios al proyecto del ejecutivo), y que perfectamente podrían haber existido más trabas y demoras en el proceso.
Mongo Aurelius escribió:Estimados una consulta a ver si alguno se encuentra en mi mismo caso:
Soy contribuyente de IIBB de ARBA (pcia. de Bs.As). Las veces que sufrí retenciones bancarias por tranferencias entre cuentas las he podido deducir de las DDJJ. Una vez las sufrí cuando me acreditaron letras pero el mismo banco me hizo la devolución, después no volvió a pasar, porque títulos y letras emitidos por la nación están exentas.
Pero en este caso, vendí acciones de APBR y TS y sufrí retenciones, cuando voy a deducirlas de mi DDJJ Web no me las toma en cuenta, pero sí las que corresponden a los depósitos que me hacen mis clientes y a retenciones por transferencias entre cuentas. Yo puedo modificar el monto total de retenciones sufridas en el mes manualmente y agregarlas, pero ahora estoy en duda si corresponde o no.
Si no corresponde, ¿entonces ese 2% que me descuentan de IIBB por venta de acciones de APBR y TS es como si hubiese facturado?? que porquería si es así, porque entonces la conveniencia de vender o no vender debe incluir esa pérdida (2% en concepto de IIBB además de comisiones).
¿Es realmente así? porque entonces no me conviene ni el tradeo con acciones, invierto sólo en RF.
CHIQUI1 escribió: Me permito corregirlo, la cosa ha cambiado desde hace 2 licitaciones atrás mas o menos, si uno tiene menos de un millón tiene que ir SI o SI al tramo no competitivo, pero desde 1 hasta 50 millones puede elegir si va al tramo competitivo o no competitivo.
), el resto era teoría nomas....Pakea escribió:A ver, tengo entendido que el tramo competitivo es para montos superiores al millón de pesos y al licitar, colocas la tasa mínima a la que estas dispuesto a colocar el dinero.
El tramo no competitivo es para los montos inferiores al millón.
Luego del cierre de la licitación, el BCRA define la tasa de corte, o sea, de los que entraron en el competitivo, por ejemplo con ofertas del 10% al 50% a 35 días, define 38% y acepta las ofertas del 10% al 38%, el resto las descarta. Y de los que licitaron en el tramo no competitivo, toma todo lo ofertado a la tasa de corte, o sea en el ejemplo, todas las ofertas por debajo del millón al 38%.
Se aceptan correcciones si estoy equivocado.
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