Moratoria escribió:No... eso es inexacto...
Si querés volver a operar los bonos, tenés q reversar la operación y devolver la renta cobrada...
Aunque coincido con lo de "improvisación de la gestión anterior"!!
Bajo la gestión kirchnerista, una vez que el magistrado neoyorkino tomó esa decisión en 2014, se ofreció el pago de los vencimientos de los papeles bajo ley extranjera, pero en la Argentina. En ese entonces, el Banco Nación canalizaba los desembolsos -en realidad, lo sigue haciendo ahora- pero "pisaba" o retenía los títulos cuyo servicio abonaba. Fueron pocos los inversores que solicitaron cobrar en el Nación. Están indentificados. Ahora con los próximos pagos liberados de la deuda con legislación extranjera (son bajo legislación de Nueva York e inglesa), los desembolsos se harán lógicamente a los que no hayan cobrado los servicios a través del Banco Nación.