CHIQUI1 escribió:Estan hablando de poner una retención por ej. del 35% a cuenta de ganancias o de otro impuesto para aquellos que operaron dólar futuro, es una forma de pagar menos y recaudar mas, para los que son monotributistas y se timbearon fuerte (conozco casos) a comerla porque no pueden recuperar nada, pero a los que están en relación de dependencia o son empresas pueden recuperar algo, mmmmm ojala no sea asi y me equivoque.
Mepa que la ganancia de derivados no entra en el monotributo (es de 2da. categoría), es solamente compensable con perdidas de la misma especie (derivados) y tributa por tasa general (33 o 35 %), así que tendrían que pagar sí o sí, pero con la liquidación del año que viene. Esto sería como que te la cobraran adelantada. Que mucha gente no registre estas inversiones para la liquidación de ganancias no quiere decir que no tributen, y la AFIP tiene 5 años para reclamarte. Ojo, no soy contador, a lo mejor algún CP del foro la tiene más clara.