Ahora me impusieron un sistema solidario, donde yo pago con mis ingresos las jubilaciones actuales y alguien pagará en el futuro la mía.
En el primer sistema tenía dinero, en el segundo tengo una promesa de parte del estado, nada más.
YPF no se pagó, fue una confiscación. Te refresco el art. 17 de la CN
"La propiedad es inviolable y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella sino en virtud de sentencia fundada en ley. La expropiación por causa de utilidad pública debe ser calificada por ley y previamente indemnizada".
1230 escribió:Tené en cuenta que la confiscación está relacionada con la ilegalidad, generalmente se confisca como consecuencia de un delito y no hay ninguna retribución por parte del Estado. Acá no hay ninguna ilegalidad y el Estado pagará lo que tenga qeu pagar...En las AFJP no tenías ninguna cuotaparte de nada, sino un monto capitalizado que generalmente te daba negativo si te ponías a contar la plata que pusiste...y con respecto a YPF se pagará lo que corresponda, a lo que verdaderamente vale y descontado lo que se tenga que descontar.