alfil escribió:ni que lo hubiera imaginado..
En q andas invertido? Yo , full letes
alfil escribió:ni que lo hubiera imaginado..
montador escribió:todo muy bien, pero AFIP va esperar que vos les hagas las cuentas?.
la realidad marca otra cosa. Quieren saldo 2017- saldo 2018 - saldo 2019 sobre eso se basan.
montador escribió:todo muy bien, pero AFIP va esperar que vos les hagas las cuentas?.
la realidad marca otra cosa. Quieren saldo 2017- saldo 2018 - saldo 2019 sobre eso se basan.
czekajlo escribió:cada operacion de compra hay que llevarla por fecha y ver su paridad y el cupon corrido que incluye, así como el tipo de cambio (supongo divisa comprador bna al cierre), de ahí vas a tener el valor en usd que vas a comparar con lo mismo de la operación de venta; no grava la dif cambio.
si compro 100 usd vn de un bono a 90% de paridad cuando 1 usd era $ 26, ese 10% que serían $ 260 lo tengo que devengar hasta el vencimiento del bono, por ejemplo para 2018 podría tener que imputar $ 10 y por eso tributo, pero si en el ejercicio vendi el bono tengo que imputar al ejercicio de la venta esa diferencia de paridad o la que quede sin atribuir.
por esa misma operacion en el ejemplo simple que no tiene interes corrido cuando compro, al momento de cobro de la renta por ejemplo usd 5 y el cambio era $ 30, tengo que considerar $ 150 de renta gravada (que excepcionalmente por 2018 la podría atribuir al costo del bono y no seria base del imp)
czekajlo escribió:creo que hay que partir del saldo 31/12/2017 que supongo que será el informado por cada bono en iigg, eso es lo que se compara con lo ocurrido en 2018 para presentar el imp renta financ 2018.
para esa comparación y para dejar de lado la dif de cambio, habría que considerar sobre cada saldo 31/12/2017 la conversión a usd por el tc divisa comprador bna a esa fecha.
por 2018 sería cada operación llevada a usd por el tc divisa comprador bna de la fecha de c/ operación y la del 31/12/2018 si mantengo el bono en stock.
luego cada consideración sobre la paridad y los intereses corridos.
en el caso teorico de saldo 31/12/2017 a paridad 100 y sin intereses corridos, las rentas cobradas en 2018 entiendo que se convierten al tc comprador divisa bna a la fecha de cobro y eso esta gravado, a menos que como dice el rumor pueda agregarlo al costo de compra como excepcion por el 2018.
Nicklaus escribió:Tenés que llevar el método PEPS por especie. El que está inscripto en el impuesto a las Ganancias, indepte de que antes no tenía gravadas las rentas, a efectos de determinar su patrimonio en dicho impuesto (que difiere al criterio de valuación del patrimonio en Bienes Personales) ya lo venía haciendo.
En el precio de compra computás los costos necesarios de adquisición (comisiones de compra).
Si compraste en pesos es simple, el previo en pesos + comisiones.
Si compraste en D, hay que determinar el tipo de cambio del día de compra y pasarlo a pesos.
Habrá que ver entonces cómo se computa en la valuación del inventario el supuesto rumor de que van a permitir deducir de la valuación de compra las rentas cobradas. Será una vuelta de tuerca de la planilla básica que se venía usando.
Pero el concepto principal es que tenés que llevar el inventario especie por especie.
pik escribió:No lo haria asi como lo hiciste. El A020 es en dolares, por lo cual yo tomaria cada operacion en pesos y las convertiria a dolares utilizando el MEP del momento, y ahi calcularia la ganancia en dolares, y luego le aplico el 15% y eso lo convierto en dolares.
Digo, porque asi en pesos estas pagando sobre lo que subio en pesos, y tenes el efecto de la devaluación y pagarias por apreciacion del dolar en pesos. Lo mismo para los bonos CER. si vos compraste 100 bonos a valor CER $1 = $100 y hoy esos 100 bonos los vendes a valor CER $1,2 en $110, perdiste planta, perdiste $10, y no ganaste $10. Lo mismo pasa con los bonos en dolares que tienen el tipo de cambio al momento de compra y de venta que debes considerar.
Nicklaus escribió:Tenés que llevar el método PEPS por especie. El que está inscripto en el impuesto a las Ganancias, indepte de que antes no tenía gravadas las rentas, a efectos de determinar su patrimonio en dicho impuesto (que difiere al criterio de valuación del patrimonio en Bienes Personales) ya lo venía haciendo.
En el precio de compra computás los costos necesarios de adquisición (comisiones de compra).
Si compraste en pesos es simple, el previo en pesos + comisiones.
Si compraste en D, hay que determinar el tipo de cambio del día de compra y pasarlo a pesos.
Habrá que ver entonces cómo se computa en la valuación del inventario el supuesto rumor de que van a permitir deducir de la valuación de compra las rentas cobradas. Será una vuelta de tuerca de la planilla básica que se venía usando.
Pero el concepto principal es que tenés que llevar el inventario especie por especie.
DarGomJUNIN escribió:Director del "fondo buitre" Franklin Templeton, vaticina que Argentina liderará el repunte de mercados emergentes.
DarGomJUNIN escribió:Director del "fondo buitre" Franklin Templeton, vaticina que Argentina liderará el repunte de mercados emergentes.
czekajlo escribió:si te detecta afip no te vas a reir tanto, jajajaja
DarGomJUNIN escribió:Director del "fondo buitre" Franklin Templeton, vaticina que Argentina liderará el repunte de mercados emergentes.
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