DarGomJUNIN escribió:Por lo que leído de la pesada ley e interminables decretos reglamentarios, solamente los monotributistas que paguen "RENTA FINANCIERA" (Form. 8135) deberán inscribirse en Impuesto Ganancias. Yo voy a hacer uso de imputar el gravamen al costo en dólares al 31/12/17 (opción legal) que era una cotización bien alta.
Yo tengo alguito de ay24 y también de dica. Pero no los vendí. Puedo igual imputar las rentas cobradas al precio del 31/12/2017 (bajando el precio realmente pagado) y zafar por ahora?. Y cuando los venda hacer precio de venta menos precio de compra "corregido" por la imputación de rentas cobradas en 2018? Alguien la tiene clara?