Lo de jetrho tull es clarito.
El tema del reglamento operativo del Mercado tiene una entidad importante. No solo porque es un mercado autoregulado, sometido a una constante presiòn al respecto, sino porque pasa a tener ingerencia directa en situaciones más complejas que las que aquí se plantean. No siempre la cosa es asì de sencilla como dame cupo, me cauciono y compro cupones que suben y suben. Cuando la mano viene al revés empiezan los cuestionamientos a los agentes, los pedidos de rendiciòn de cuentas impugnando las operaciones, en fin he visto muchas cosas como también su repercución judical. Hace dìas recibí la notificacion de Cámara del resultado de un amparo de una cauciòn en dólares, oportunamente pesificada, donde, justamente, la Resolución hacìa menciòn de la descripción de la operatoria. (La Resolución declara que ni el Mercado de Valores S.A. ni el Banco deValores S.A., están pasivamente legitimados para ser demandados por el colocador de los fondos, en base a lo dispuesto en el art. 5º del estatuto del Mercado de Valores)
La regulaciòn de la operaciòn de pase en un mercado pequeño como el nuestro es delicada, y no sólo están los intereses del caucionado, están también los del colocador de los fondos y las relaciones jurídicas involucradas tienen sus particularidades.
Mejor abrir los ojos antes que quedarse con los ojos abiertos después del empome.-
