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Re: Títulos Públicos

Publicado: Dom Dic 30, 2018 5:15 pm
por dioslo
dop escribió:Hola, eso según vos decís es si lo vendes, y si lo compraste en a principio de año y no lo vendiste tenes la misma perdida se lo trata igual o no se considera perdida por que no lo vendiste.
Salu2

Lo que quería exponer es que ni aquellos que se supone que saben cómo se hace lo hacen de diferentes formas.
Respecto a lo que preguntas para mí debería ser lo mantienes. la diferencia estriba en que si lo vendes entras en lo referente a lo que alude al quebranto.
La verdad es que tras pasar los días y no ver un criterio homogéneo creo que nadie sabe como carajo es.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Dom Dic 30, 2018 11:59 am
por gina
dop escribió:Hola, eso según vos decís es si lo vendes, y si lo compraste en a principio de año y no lo vendiste tenes la misma perdida se lo trata igual o no se considera perdida por que no lo vendiste.
Salu2

como viene la cosa a solo 3 dias de la asquerosa reglamentación, habrá cientos de variantes de liquidación según cada interpretación, ya los tributaristas no se ponen de acuerdo, asi que olvidate q vaya haber una única forma.
un desastre promovido por el mas inútil superando lejos a de la rúa

Re: Títulos Públicos

Publicado: Dom Dic 30, 2018 11:54 am
por montador
Los problemas del milenio son siete problemas matemáticos cuya resolución sería premiada,
1 Los problemas
1.1 P versus NP
1.2 La conjetura de Hodge
1.3 La conjetura de Poincaré
1.4 La hipótesis de Riemann
1.5 Existencia de Yang-Mills y del salto de masa
1.6 Las ecuaciones de Navier-Stokes
1.7 La conjetura de Birch y Swinnerton-Dyer1 Los problemas
1.1 P versus NP
1.2 La conjetura de Hodge
1.3 La conjetura de Poincaré
1.4 La hipótesis de Riemann
1.5 Existencia de Yang-Mills y del salto de masa
1.6 Las ecuaciones de Navier-Stokes
1.7 La conjetura de Birch y Swinnerton-Dyer
El nuevo impuesto a la Renta Financiera- Origen Argentina-

Re: Títulos Públicos

Publicado: Dom Dic 30, 2018 11:50 am
por montador
lehmanbrothers escribió:si así fuera, diversificás la cartera bien y no pagás nada.

se puede diversificar de otra manera, (ej: esposo x 67,000 y esposa por 67,000, o hijos etc)

Re: Títulos Públicos

Publicado: Dom Dic 30, 2018 10:39 am
por dop
dioslo escribió:Esto: (Esto en otras palabras quiere decir que si en el 2018, una persona adquiere un título público a $1.000.000 y durante el mismo año lo vende a $500.000 debería tener una pérdida por $500.000, y un quebranto específico (que no se puede utilizar contra otras rentas).

A partir de este último artículo, si en el ejercicio se cobró intereses por $200.000, éstos en vez de abonar el 5% o el 15% (dependiendo del tipo de título) podrán aplicarlo al costo del bien. En este caso el costo del bien pasa de $1.000.000 a $800.000 y la pérdida ya no es de $500.000, sino de $300.000, evitando que se abone el impuesto cedular por los intereses cobrados.

Sasovsky es tributarista y CEO de Sasovsky & Asociadossto en otras palabras quiere decir que si en el 2018, una persona adquiere un título público a $1.000.000 y durante el mismo año lo vende a $500.000 debería tener una pérdida por $500.000, y un quebranto específico (que no se puede utilizar contra otras rentas).

A partir de este último artículo, si en el ejercicio se cobró intereses por $200.000, éstos en vez de abonar el 5% o el 15% (dependiendo del tipo de título) podrán aplicarlo al costo del bien. En este caso el costo del bien pasa de $1.000.000 a $800.000 y la pérdida ya no es de $500.000, sino de $300.000, evitando que se abone el impuesto cedular por los intereses cobrados.

Sasovsky es tributarista y CEO de Sasovsky & Asociados) se contrapone con lo del ejercicio práctico publicado en el cronista.
Da la impresión que nadie sabe un cho** de como carajo sacar la cuenta.

Hola, eso según vos decís es si lo vendes, y si lo compraste en a principio de año y no lo vendiste tenes la misma perdida se lo trata igual o no se considera perdida por que no lo vendiste.
Salu2

Re: Títulos Públicos

Publicado: Dom Dic 30, 2018 10:01 am
por mr_osiris
guilleg escribió:Esto de que los quebrantos de las compraventa no se pueden aplicar contra nada va a traer cola, demandas judiciales. O sea que si da ganancia pagas y si da perdida jodete.


y si defaultea y encima con quita, cuanto habria que pagar .... !!!! ???? :lol:

Re: Títulos Públicos

Publicado: Dom Dic 30, 2018 9:08 am
por guilleg
Y eso de que la perdida se reduce de 500,000 a 300,000 está equivocado ese Sadosky, al disminuir el costo de los bonos por esos 200,000 lo que se está haciendo es DIFERIR el impuesto, no es que se condona. No se paga ahora pero sí en ejercicios futuros hasta que se venda o se cobre al vencimiento, es lo mismo.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Dom Dic 30, 2018 9:02 am
por guilleg
dioslo escribió:Esto: (Esto en otras palabras quiere decir que si en el 2018, una persona adquiere un título público a $1.000.000 y durante el mismo año lo vende a $500.000 debería tener una pérdida por $500.000, y un quebranto específico (que no se puede utilizar contra otras rentas).

A partir de este último artículo, si en el ejercicio se cobró intereses por $200.000, éstos en vez de abonar el 5% o el 15% (dependiendo del tipo de título) podrán aplicarlo al costo del bien. En este caso el costo del bien pasa de $1.000.000 a $800.000 y la pérdida ya no es de $500.000, sino de $300.000, evitando que se abone el impuesto cedular por los intereses cobrados.

Sasovsky es tributarista y CEO de Sasovsky & Asociadossto en otras palabras quiere decir que si en el 2018, una persona adquiere un título público a $1.000.000 y durante el mismo año lo vende a $500.000 debería tener una pérdida por $500.000, y un quebranto específico (que no se puede utilizar contra otras rentas).

A partir de este último artículo, si en el ejercicio se cobró intereses por $200.000, éstos en vez de abonar el 5% o el 15% (dependiendo del tipo de título) podrán aplicarlo al costo del bien. En este caso el costo del bien pasa de $1.000.000 a $800.000 y la pérdida ya no es de $500.000, sino de $300.000, evitando que se abone el impuesto cedular por los intereses cobrados.

Sasovsky es tributarista y CEO de Sasovsky & Asociados) se contrapone con lo del ejercicio práctico publicado en el cronista.
Da la impresión que nadie sabe un cho** de como carajo sacar la cuenta.

Esto de que los quebrantos de las compraventa no se pueden aplicar contra nada va a traer cola, demandas judiciales. O sea que si da ganancia pagas y si da perdida jodete.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Dom Dic 30, 2018 8:18 am
por lehmanbrothers
el impuesto a los que nos quedamos en el mercado, los que fugaron en el 2018, se tomaron el palo y no van a pagar nada por la que se llevaron antes de la devaluación.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Dom Dic 30, 2018 1:06 am
por dioslo
DarGomJUNIN escribió:Legalmente será imposible el descuento del 5% o 15%, porque hay que deducir su MNI
y se puede tener cuenta ESPEJO AUTORIZADA por CNV, en varias firmas bursátiles.
:117:

Esto: (Esto en otras palabras quiere decir que si en el 2018, una persona adquiere un título público a $1.000.000 y durante el mismo año lo vende a $500.000 debería tener una pérdida por $500.000, y un quebranto específico (que no se puede utilizar contra otras rentas).

A partir de este último artículo, si en el ejercicio se cobró intereses por $200.000, éstos en vez de abonar el 5% o el 15% (dependiendo del tipo de título) podrán aplicarlo al costo del bien. En este caso el costo del bien pasa de $1.000.000 a $800.000 y la pérdida ya no es de $500.000, sino de $300.000, evitando que se abone el impuesto cedular por los intereses cobrados.

Sasovsky es tributarista y CEO de Sasovsky & Asociadossto en otras palabras quiere decir que si en el 2018, una persona adquiere un título público a $1.000.000 y durante el mismo año lo vende a $500.000 debería tener una pérdida por $500.000, y un quebranto específico (que no se puede utilizar contra otras rentas).

A partir de este último artículo, si en el ejercicio se cobró intereses por $200.000, éstos en vez de abonar el 5% o el 15% (dependiendo del tipo de título) podrán aplicarlo al costo del bien. En este caso el costo del bien pasa de $1.000.000 a $800.000 y la pérdida ya no es de $500.000, sino de $300.000, evitando que se abone el impuesto cedular por los intereses cobrados.

Sasovsky es tributarista y CEO de Sasovsky & Asociados) se contrapone con lo del ejercicio práctico publicado en el cronista.
Da la impresión que nadie sabe un cho** de como carajo sacar la cuenta.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Sab Dic 29, 2018 11:53 pm
por DarGomJUNIN
Marcos_44 escribió:Era mucho mas simple que el que te paga una renta te descuente el 5 o el 15 segun el caso.

Legalmente será imposible el descuento del 5% o 15%, porque hay que deducir su MNI
y se puede tener cuenta ESPEJO AUTORIZADA por CNV, en varias firmas bursátiles.
:117:

Re: Títulos Públicos

Publicado: Sab Dic 29, 2018 11:36 pm
por Marcos_44
Era mucho mas simple que el que te paga una renta te descuente el 5 o el 15 segun el caso.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Sab Dic 29, 2018 11:33 pm
por DarGomJUNIN
:shock: Primicia de Al Jazeera:
ISIS confirmó que su mayor plan DESTRUCTIVO 2018 fue redactar la LEY DE RENTA FINANCIERA.
:117:

Re: Re:

Publicado: Sab Dic 29, 2018 11:12 pm
por plata fresca
bull_22 escribió:Lo de Siberia fue idea de Hitler para mandarlos a los judios...no jodamos con eso.
Bueno decime vos a quien pones a pilotear la nave?

RETIRO LO DE SIBERIA, Y PONGO TODOS A CUBA Y VENEZUELA,

PARA SACAR EL PAIS A FLOTE , NECESITAS UN EQUIPO DE CINCUENTA CONTADORES COMO TENIA CAVALLO :mrgreen:

Re: Títulos Públicos

Publicado: Sab Dic 29, 2018 10:02 pm
por czekajlo
dop escribió:Hola, acá les dejo un ejemplo practico de como calcular el impuesto

https://www.cronista.com/columnistas/Im ... -0036.html

yo ya busque el libro análisis matemático de Sadosky y por suerte encontré la regla de cálculos, y después de los pitos me pondré a calcular para ver si llego con suerte para junio.
Salu2 y felices fiestas para todo/a/e

puede un rufian decir la verdad? sí, la prueba es aquel que decía hace 3 años Qué no te tomen por bolu.do
al final tenia razon, con lo de renta financiera no solo hay que pagar, sino que hay que amargarse y perder un monton de tiempo en recolectar datos y hacer cuentas y luego ver las bolu.deces que la afip disponga dia a dia modificando o aclarando sin aclarar, mas los aplicativos pedorros y fallados y las prorrogas dia a dia, por eso estas fiestas que sirvan para reflexionar asi como que la yegua no debe volver tampoco hay que votar al ganga delarua2, cor.nudo y mal pari2