De locos.
Fredo16 escribió:Lo mismo pensé, NO se puede ajustar en el cuadro de JVP el PNI (que es el PNC del año anterior), entonces... cómo reflejas el "nuevo valor base" para calcular los intereses gravados?. Y los que se deducen del costo al 31/12/2017? al final lo vas a tener en cash o bien en otro producto y eso es un aumento patrimonial que no se en que concepto se lo incluirá...
Después tenés lo que están publicando los diarios hoy: que será una declaración "por separado"... pero volvemos a lo mismo, quien estaba inscripto en el impuesto debería reflejarlo en su liquidación general y no por separado ya que sino lo tiene que hacer 2 veces... en fin