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Re: Títulos Públicos
Publicado: Jue Dic 27, 2018 6:25 pm
por lehmanbrothers
Pascua escribió:No se exactamente la incidencia en la inflacion del transporte pero los aumentos anunciados hoy y los de servicios publicos pueden volver un poco mas atractivos los bonos indexados por la misma. Atentos.
Para que perseguir de atrás a la inflación si te cobran renta financiera?
Re: Títulos Públicos
Publicado: Jue Dic 27, 2018 6:17 pm
por Pascua
No se exactamente la incidencia en la inflacion del transporte pero los aumentos anunciados hoy y los de servicios publicos pueden volver un poco mas atractivos los bonos indexados por la misma. Atentos.
Re: Títulos Públicos
Publicado: Jue Dic 27, 2018 6:13 pm
por Danilo
paisano escribió:Apurando, apurando las últimas compras del año, vamos que se termina.
che quedo un solo troll de cambiemos en AYP
a defender los trapos ja mi...da rajan como ratas
Re: Títulos Públicos
Publicado: Jue Dic 27, 2018 6:01 pm
por alzamer
Recomendación para cualquier Cristiano que haya hecho pf en sept/oct :
El gobierno lo abrochará con el 5% , pero puede comprar usd mañana, al mismo precio que hace 3 o 4 meses, una buena ganancia en usd.
Luego , en unos días , llévese la mosca verde.
Y si, Hágale pito catalán al gatito abortero y Garca.
Re: Títulos Públicos
Publicado: Jue Dic 27, 2018 5:53 pm
por paisano
Apurando, apurando las últimas compras del año, vamos que se termina.
Re: Títulos Públicos
Publicado: Jue Dic 27, 2018 5:27 pm
por DarGomJUNIN
Martinm escribió:Con respecto a los quebrantos provenientes de la explotación de juegos de azar en casinos (ruleta, punto y banca,
blackjack, póker y/o cualquier otro juego autorizado) y de la realización de apuestas a través de máquinas
electrónicas de juegos de azar y/o de apuestas automatizadas (de resolución inmediata o no) y/o a través de
plataformas digitales, deberá aplicarse el mismo método que el establecido en el segundo párrafo del presente
artículo.
Lo saqué del DR te dejan computar la timba, de todas maneras vos podes estar exento de ganancias en el juego si pagas el impuesto a los juegos de azar de premios y sorteos, similar a la venta de un inmueble. Viste que el que paga iti no paga ganancias, se hace para evitar doble imposicion
Creo que es.muy jugado en el.mismo decreto hablar de casino, blackjack, bitcoin, ay24, no es todo lo mismo,... aunque es mas probable seguro que ganés en la timba a que cobres el ac17....
Ojo que: "Con respecto a los quebrantos provenientes de la
explotación ..." significa que es para el dueño.

Re: Títulos Públicos
Publicado: Jue Dic 27, 2018 5:24 pm
por cavaco
y todo esto como se paga? que pasa si no pagas?
Re: Títulos Públicos
Publicado: Jue Dic 27, 2018 5:22 pm
por dawkings
freddiebipo escribió:Como regla gral. coincido pero algunos comentarios llevan a esa conclusion que mencioné. No se, capaz entendí mal. Habrá que ser cuidadoso y verlo a fondo con el contador.
Coincido en lo de consultar con el contador (si encontras uno que sepa de veras), pero iigg siempre fue sobre los resultados, no sobre cotizaciones.
Lo que sí podés hacer sin vender es descontar del precio de compra los pagos que te haya dado el bono este año. El día que lo vendas tomás el precio de compra menos intereses como base, y si lo vendés a mayor precio pagarás sobre esa diferencia.
Re: Títulos Públicos
Publicado: Jue Dic 27, 2018 5:05 pm
por freddiebipo
dawkings escribió:Sólo tuviste pérdida (o ganancia) si lo vendiste..
Como regla gral. coincido pero algunos comentarios llevan a esa conclusion que mencioné. No se, capaz entendí mal. Habrá que ser cuidadoso y verlo a fondo con el contador.
Re: Títulos Públicos
Publicado: Jue Dic 27, 2018 4:57 pm
por lehmanbrothers
que pasó con el ay24 que remontó, está tomando fuerza para bajar?
Re: Títulos Públicos
Publicado: Jue Dic 27, 2018 4:53 pm
por dawkings
maxx escribió:Estuve leyendo los 17 artículos del decreto que desagregan al 149 y no me queda dónde dice que se pueden tomar los intereses de bonos como costo para 2018. Alguién vio el tema?
Artículo 95, al final:
A efectos de lo dispuesto en el Capítulo II del Título IV de la ley, cuando se trate de títulos públicos y obligaciones negociables comprendidos en los incisos a) y b) del primer párrafo del cuarto artículo incorporado sin número a continuación del artículo 90 de la ley, podrá optarse por afectar los intereses o rendimientos del período fiscal 2018 al costo computable del título u obligación que los generó, en cuyo caso el mencionado costo deberá disminuirse en el importe del interés o rendimiento afectado.
Re: Títulos Públicos
Publicado: Jue Dic 27, 2018 4:42 pm
por dawkings
freddiebipo escribió:Segun nota del Cronista la pérdida de valor de bonos (ej AY24) podria computarse contra la renta para no pagar impuesto sobre cobro de cupones. Eso AUNQUE NO SE HAYAN VENDIDO. Es asi?
Sólo tuviste pérdida (o ganancia) si lo vendiste..
Re: Títulos Públicos
Publicado: Jue Dic 27, 2018 4:39 pm
por PERZEN
¿Se descuenta la inflación de las ganancias obtenidas?
No, las ganancias son nominales, es decir que aunque la inflación de este año haya sido de 45% y el inversor haya ganado por ejemplo un 35% y, en teoría, haya perdido contra la inflación, esa rojo no se tiene en cuenta.
coresponde una Demanda penal colectiva por estafa!!

Re: Títulos Públicos
Publicado: Jue Dic 27, 2018 4:35 pm
por Lord Valen
Alguien me explica como compro letes en mercado secundario?tengo bullmarket,y me estoy rompiendo la cabeza tratando de comprar y no hay caso.No se si se compra en contado inmediato o que tampoco ,pero envio la orden y nunca se e acreditan,y eso que las pago a precio de mercado.Ayuda por favor
Re: Títulos Públicos
Publicado: Jue Dic 27, 2018 4:34 pm
por dawkings
Me llamó la atención este párrafo (31.2.b):
Si por aplicación de la compensación indicada en el inciso a), con las excepciones allí previstas, resultaran
quebrantos en una o más categorías, la suma de éstos se compensará con las ganancias netas de las categorías
segunda, primera, tercera y cuarta, sucesivamente.
Esto quiere decir que si tuve un quebranto de renta financiera lo puedo compensar con ganancia de 4ta categoría? (relación de dependencia)
En mi caso vendí DICA en agosto, a perdida (en dólares) de lo que valía en diciembre (entiendo que es el valor a considerar a pesar de haberlos comprado antes). Está claro que a esa pérdida se le descuentan los intereses de enero y julio, pero hay quebranto de sobra. Sería buenísimo poder descontarlo de la base imponible de ganancias de 4ta categoría.