Títulos Públicos

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dioslo
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor dioslo » Vie Dic 28, 2018 9:57 pm

Martinm escribió:Ojo que no es que te la calculan y pagás lo que no pagaste mas los intereses, cuando vos no pagás impuestos estas evadiendo, por lo tanto tenes que pagar multas, y las mismas pueden ir hasta 10 o 20 veces el impuesto omitido, y si es mucha guita podes ir preso, por que te cabe la ley penal tributaria!!!

habrá que acomodarla eligiendo el mal menor y en todo caso pedirán que la rectifiques o no?

dioslo
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor dioslo » Vie Dic 28, 2018 9:54 pm

guilleg escribió:En el Cronista hay un ejemplo práctico de la renta financiera para el AY24.
Y dice que la pérdida sobre la compraventa no se puede aplicar contra los cupones, sí contra ganancias del mismo tipo. (o sea contra ganancias de otras compraventas ?). Incluso habría que pagar sobre los intereses devengados de la venta, aunque dio pérdida. UNA ESTAFA.

En el ejemplo practico se toma como diferencias entre el valor en dolares desde que se inicia la ley (31/12/17) y el valor de par del bono y no entre la primera y el valor ultimo del bono (sobre las que se podrán deducir los intereses cobrados del bono).
alguien la tiene clara si es uno u el otro?
Otro detalle es que cuestionan con gran razón :que se deba tomar el valor del dolar del 31/12/18 para pasarlo a pesos para la renta cobrada y no el valor del dolar del momento en que se cobra.

lehmanbrothers
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor lehmanbrothers » Vie Dic 28, 2018 9:50 pm

guilleg escribió:En el Cronista hay un ejemplo práctico de la renta financiera para el AY24.
Y dice que la pérdida sobre la compraventa no se puede aplicar contra los cupones, sí contra ganancias del mismo tipo. (o sea contra ganancias de otras compraventas ?). Incluso habría que pagar sobre los intereses devengados de la venta, aunque dio pérdida. UNA ESTAFA.

Y el que hizo un plazo fijo y se le devaluó la moneda igual paga. Sería lo mismo no?

Martinm
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Martinm » Vie Dic 28, 2018 9:48 pm

Mike22 escribió:A esperar las determinaciones de oficio, y a impugnarlas. Si nosotros que tenemos todos los datos no podemos llegar a un número cierto, imagínate ellos... Por lo menos que laburen.

Encima este año casi todo tuvo perdidas de capital mayores a las ganancias de intereses así que ponerse a armar determinaciones de oficio y que no de impuesto a pagar no va a tener sentido.

Por último, la tasa de interés a la que actualiza AFIP venía siendo menor a la suba del dólar o instrumentos en pesos, es más barato financiarse con ellos y poner la guita a laburar.

Para mí va a ser inaplicable. Pero veremos...

Ojo que no es que te la calculan y pagás lo que no pagaste mas los intereses, cuando vos no pagás impuestos estas evadiendo, por lo tanto tenes que pagar multas, y las mismas pueden ir hasta 10 o 20 veces el impuesto omitido, y si es mucha guita podes ir preso, por que te cabe la ley penal tributaria!!!

guilleg
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor guilleg » Vie Dic 28, 2018 9:30 pm

En el Cronista hay un ejemplo práctico de la renta financiera para el AY24.
Y dice que la pérdida sobre la compraventa no se puede aplicar contra los cupones, sí contra ganancias del mismo tipo. (o sea contra ganancias de otras compraventas ?). Incluso habría que pagar sobre los intereses devengados de la venta, aunque dio pérdida. UNA ESTAFA.

lehmanbrothers
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor lehmanbrothers » Vie Dic 28, 2018 9:22 pm

Iceman2016 escribió:Deberíamos hacer campaña en todas las redes para motivar el retiro de los plazos fijos de los bancos e ir al dólar blue,al oro, o cualquier cosa y provocar un buen terremoto financiero no?

No nos salgamos del contexto, se suscribía lebacs, que daban más rendimiento que el plazo fijo. A medida que se iban saliendo se iban dolarizando. Alguna que otra tía abuela habrá hecho un plazo fijo, eso seguro.

Iceman2016
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Iceman2016 » Vie Dic 28, 2018 9:03 pm

montador escribió:Si muchos de nosotros hubiéramos sabido de la letra chica del impuesto a la Renta Financiera a principios de año, cuantos de nosotros hubiéramos cambiado la estrategia de inversión?
O sea que la estrategia del gobierno siempre fue maliciosa y de mala fe.
La pregunta es por qué aún se siguió invirtiendo ahorros sin saber el resultado al final. Cuánta improvisación.

Deberíamos hacer campaña en todas las redes para motivar el retiro de los plazos fijos de los bancos e ir al dólar blue,al oro, o cualquier cosa y provocar un buen terremoto financiero no?

maxx
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor maxx » Vie Dic 28, 2018 8:29 pm

Creo que el punto 5 que planteas no sería lo que plantea el decreto porque el AO20 y el DICA son bien diferentes. Igual es válido el punto para tenerlo en cuenta en los casos que corresponda.

pik escribió:Dudas:
1) tu planilla esta pensada para bonos que ya tenias a principio de año y continuas teniendolos al cierre, sin movimientos
2) como seria si tuviste una venta en el medio, deberias tener la cotizacion del dolar a ese dia para poder freezar la ganancia en pesos e ese momento y no trasladar la diferencia de cambio hasta el final del año
3) Tenes cotizaciones de principio de año, ¿porque tomas ese valor y no el de compra? Si lo compraste a menor valor, ok te conviene. Se podra hacer eso tomando valor al inicio de año?. Porque no descontas los intereses del valor de compra, la mayoria de tus ejemplos tienen valor inicial sobre la par, entonces aprovecha este 2018 para reducir ese valor de compra a algo mas cercano a la par y asi no pagarias nada de renta financiera este año 2018 (como hiciste en la segunda solapa pero sobre el descontado de valor de compra), te quedaria un valor nuevo que va para el proximo año.
4) Comisiones, en tu renta las consideras brutas, pero seguro recibiras menos, por lo que la renta es menor.
5) supongo que no tenes movimientos en el medio, yo tengo casos que sali de A20D a DICA para mejorar la renta, esos casos hay que cuadrar la compra y la venta de cada uno para cerrarla en una sola operacion, lo que dice de las 72hs antes y despues.


ELQUILMEÑO
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor ELQUILMEÑO » Vie Dic 28, 2018 8:05 pm

montador escribió:sin mas decir a olvidarse de los pesos.
https://www.iprofesional.com/impuestos/ ... o-en-pesos

Excelente posteo. :respeto:

montador
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor montador » Vie Dic 28, 2018 8:01 pm

Carlos Rodríguez, doctor en Economía y miembro de la Academia Nacional de Ciencias Económicas, explicó que los títulos públicos de Argentina "suben en pesos pero caen en dólares", por cuanto se preguntó si el resultado consiste una "ganancia o pérdida de capital" para la aplicación del impuesto. "Si tratan de cobrar Renta sobre la apreciación en pesos, mañana no queda un Bono en pie", consideró.

montador
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor montador » Vie Dic 28, 2018 8:00 pm

Si compramos el AY24 en Pesos, hay Pérdida?
Si compramos el AY24D en Dolares HAY Pérdida.
Adjuntos
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Libro1.jpg (169.13 KiB) Visto 1201 veces

montador
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor montador » Vie Dic 28, 2018 7:35 pm

Si muchos de nosotros hubiéramos sabido de la letra chica del impuesto a la Renta Financiera a principios de año, cuantos de nosotros hubiéramos cambiado la estrategia de inversión?
O sea que la estrategia del gobierno siempre fue maliciosa y de mala fe.
La pregunta es por qué aún se siguió invirtiendo ahorros sin saber el resultado al final. Cuánta improvisación.


thedark_king10
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor thedark_king10 » Vie Dic 28, 2018 7:26 pm


montador
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor montador » Vie Dic 28, 2018 7:16 pm

ARTÍCULO 4°.- Están obligados a practicar un balance anual de sus operaciones, los comerciantes, auxiliares de comercio (únicamente con respecto a los bienes incorporados al giro empresario) y demás sujetos del artículo 49 de la ley, que lleven libros que les permitan confeccionar balances en forma comercial.

Los particulares o comerciantes y demás responsables, que no lleven libros con las formalidades legales del Código Civil y Comercial de la Nación, anotarán fielmente sus entradas y salidas de modo que resulte fácil su fiscalización.

La ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, en ambos casos, podrá exigirles que lleven libros o registros especiales de las operaciones propias o de terceros que se vinculen con la materia imponible.”


La pregunta es a partir de cuando "AFIP podrá exigirles que lleven libros o registros especiales de las operaciones propias o de terceros que se vinculen con la materia imponible."


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