pik escribió:Puede ser que sea "peor", desde el punto de vista que tenes que pagar mas, pero desde el punto de vista de la ganancia que vas a tener (TIR) es siempre mejor pagarlo bajo la PAR.
A lo que yo me refiero es a lo siguiente: 1) Compre dica este año a 1,4644 USD , de los cuales al momento de compra eran 1,4116 USD de valor neto de intereses corridos y 0,0529 USD de intereses corridos. Me dio renta en el año de 0,1152 USD.
Puedo hacer varias cosas:
1) Aplicar de los 0,1152 al descuento del precio: quedandome como que lo compre bajo la par a USD1,3492, con lo cual quedaria para devengar USD1,40-1,3492 = USD0,051 en 15 años, o sea USD0,0034 por año. Aprovecho este año y difiero el pago en 15 años
2)Aplico de los 0,1152 usd 0,0644 (1,4644-1,40) de intereses para bajar el precio del bono hasta la par, y pago por 0,0508 renta este año.
3) Los 0,0116 que pague encima de la par los amortizo en los proximos 15 años, y pago renta sobre el 100% de los intereses (0,1152) este año, quedando con el bono encima de la par para los proximos años.
De esto surge, que dependiendo de los intereses y como es la regla del MNI, me conviene, aplicar intereses a pagar en este año hasta el MNI, y el resto aplicarlo todo a descontar del valor del bono, aprovechando las dos cosas de este año: la opcion de aplicar los intereses a descontar el valor de compra y aprovechar al maximo la cuota de MNI de este año.
Igual son todas cosas par ir pensando hasta que salga bien la reglamentacion.
Entiendo que las opciones elegidas hay que aplicarlas a todos los bonos y por un plazo determinado (3 años?), no puedo elegir un camino para un bono y a conveniencia otro distinto para otro bono, tampoco creo que pueda aplicar parcialmente como el punto 2) que señalas.
En todos los casos no queda claro el tipo de cambio a considerar, en particular en los bonos de más de 1 año que se dispone el criterio de devengado.
Si el bono lo tuviera desde antes del 31/12/2017 entiendo que para determinar el costo van los $ de compra o la cotización 31/12/2017 en pesos, el mayor. Luego para determinar la paridad, haría precio o cotización mencionados dividido el tipo de cambio comprador divisa BNA de esas fechas.
Luego resto el interés corrido en usd.
Al resultado lo divido por la cantidad de días de vida del bono y lo multiplico por 365 días (si es que al cierre 31/12/2018 mantengo el bono) y lo que da lo convierto al tc c div bna del 31/12/2018 y es lo que me queda a favor por el 2018 por haber pagado sobre la par.
Respecto de los intereses, como va por devengado, tomaría el valor de 2 cupones y el tema es al cambio de qué fecha debo considerarlos. Ese importe en pesos lo agregaría excepcionalmente por el 2018 al costo del bono para futuros apareamientos con ventas de la especie.