Re: Títulos Públicos
Publicado: Mar Abr 02, 2019 7:09 pm
El dolar seguira bajando ?
O ya combiene comprar a estos valores
$43.86
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economist escribió:Te enseño entonces que a la fórmula le agregas (1-0,05) y con eso ingresas el impuesto. Pero depende si el monto termina superando o no el min. no imponible. Poner como caso general el impuesto está mal. Si vos sabés que lo vas a pagar por el monto que invertis, le agregas ese término a la fórmula. Agregarlo desde el comienzo es un ejercicio errado ya que decir que solo lo paga si supera el mínimo no imponible lo vuelve condición necesaria para que esté en el calculo, caso contrario no se debe agregar. Entonces si supera lo agregas sino no se agrega.
Ejemplo más claro todavia; supongamos que nos encontramos con dos personas, una que invirtió desde su banco sus pocos ahorros en letras y otra que hizo la misma inversión pero desde su agente de bolsa amigo y que además tiene 100 veces más de capital que el primero. Seguramente utilizar la fórmula incluyendo el impuesto con el primero de los individuos está errado, porque le estás calculando mal el Punto de quiebre, mientras que para el segundo está perfecto agregarle a la fórmula (1-0,05). Esta forma de comprender fórmulas se llama condicional "solo si". Si tú caso es el primero entonces no se agrega, ahora bien si estás en el segundo de los grupos se agrega.
economist escribió:Buenas, un simple análisis que puede hacer cualquier inversor. Esto no significa ninguna recomendación a comprar o vender, cada uno debe hacer sus propios cálculos y análisis.
economist escribió:Te enseño entonces que a la fórmula le agregas (1-0,05) y con eso ingresas el impuesto. Pero depende si el monto termina superando o no el min. no imponible. Poner como caso general el impuesto está mal. Si vos sabés que lo vas a pagar por el monto que invertis, le agregas ese término a la fórmula. Agregarlo desde el comienzo es un ejercicio errado ya que decir que solo lo paga si supera el mínimo no imponible lo vuelve condición necesaria para que esté en el calculo, caso contrario no se debe agregar. Entonces si supera lo agregas sino no se agrega.
Ejemplo más claro todavia; supongamos que nos encontramos con dos personas, una que invirtió desde su banco sus pocos ahorros en letras y otra que hizo la misma inversión pero desde su agente de bolsa amigo y que además tiene 100 veces más de capital que el primero. Seguramente utilizar la fórmula incluyendo el impuesto con el primero de los individuos está errado, porque le estás calculando mal el Punto de quiebre, mientras que para el segundo está perfecto agregarle a la fórmula (1-0,05). Esta forma de comprender fórmulas se llama condicional "solo si". Si tú caso es el primero entonces no se agrega, ahora bien si estás en el segundo de los grupos se agrega.
pik escribió:Estás mezclando cosas, para una persona que va a invertir un monto pequeño, de tal manera que no page renta financiera, llévalo al extremo, si invertis en pf, en un año un monto de 100.000 pesos ya llegas al minimo para pagar renta financiera. Son 2500 dólares. Ese es el Target de personas que entra en tu análisis,.para el.resto tenés que considerar renta financiera. Y alguien que invierta 2500 dólares, mejor que compre dólares y viva tranquilo.
pik escribió:Estás mezclando cosas, para una persona que va a invertir un monto pequeño, de tal manera que no page renta financiera, llévalo al extremo, si invertis en pf, en un año un monto de 100.000 pesos ya llegas al minimo para pagar renta financiera. Son 2500 dólares. Ese es el Target de personas que entra en tu análisis,.para el.resto tenés que considerar renta financiera. Y alguien que invierta 2500 dólares, mejor que compre dólares y viva tranquilo.
economist escribió:Justamente el análisis comparativo es sobre letras que tienen una vida no mayor a 6 meses por ese motivo ingresar dentro del cálculo el impuesto a la renta financiera está totalmente errado. Por cuatro razones basicas. Primero, solo es relevante para montos cuyo interés efectivo anual supere el mínimo ni imponible. Segundo, el impuesto no es por especie sino por moneda, eso te indica que podes tener ganancias como quebrantos que te pueden compensar y no pagar el impuesto. Tercero, el cálculo es anual y por el total por moneda y justamente por ese motivo no lo puedo hacer sobre una sola especie. Cuarto, si la persona que invierte tiene un capital cuyo rendimiento total anual no supera el mínimo no imponible, agregar el impuesto no sería correcto. El cálculo se hace sin el impuesto y luego a fin de año si corresponde se lo calcula. Cuando se hace un análisis comparativo de este estilo no se pueden usar palabras como "La idea es que se supere ampliamente dicho mínimo no imponible" o "Si pensás que vas a ganar menos de 66917 pesos en el año invirtiendo, entonces mejor dejá la plata en dólares y listo". Porque si una persona invierte un monto "x" que no llega a superar el min. no imponible hacerle calcular con el impuesto está mal hecho y lo confunde porque puede hasta creer que lo tiene que pagar. Por ese motivo el análisis comparativo no se hace sobre montos ya que cada uno invierte lo que tiene o puede, sino sobre comparación directa de rendimientos. Si una persona invirtiendo en los instrumentos financieros, luego a fin de año le da para pagar solo en ese caso se compara, antes no.
economist escribió:Justamente el análisis comparativo es sobre letras que tienen una vida no mayor a 6 meses por ese motivo ingresar dentro del cálculo el impuesto a la renta financiera está totalmente errado. Por cuatro razones basicas. Primero, solo es relevante para montos cuyo interés efectivo anual supere el mínimo ni imponible. Segundo, el impuesto no es por especie sino por moneda, eso te indica que podes tener ganancias como quebrantos que te pueden compensar y no pagar el impuesto. Tercero, el cálculo es anual y por el total por moneda y justamente por ese motivo no lo puedo hacer sobre una sola especie. Cuarto, si la persona que invierte tiene un capital cuyo rendimiento total anual no supera el mínimo no imponible, agregar el impuesto no sería correcto. El cálculo se hace sin el impuesto y luego a fin de año si corresponde se lo calcula. Cuando se hace un análisis comparativo de este estilo no se pueden usar palabras como "La idea es que se supere ampliamente dicho mínimo no imponible" o "Si pensás que vas a ganar menos de 66917 pesos en el año invirtiendo, entonces mejor dejá la plata en dólares y listo". Porque si una persona invierte un monto "x" que no llega a superar el min. no imponible hacerle calcular con el impuesto está mal hecho y lo confunde porque puede hasta creer que lo tiene que pagar. Por ese motivo el análisis comparativo no se hace sobre montos ya que cada uno invierte lo que tiene o puede, sino sobre comparación directa de rendimientos. Si una persona invirtiendo en los instrumentos financieros, luego a fin de año le da para pagar solo en ese caso se compara, antes no.
economist escribió:No se calcula el impuesto cedular a la renta financiera ya que solo es relevante si supera el mínimo no imponible. Solo debe ser tenido en cuenta si el impuesto se imputa sobre el rendimiento sin mínimo no imponible (no es el caso ya que el impuesto es anual), o si el monto que se invierte de ante mano lo supera. En ese caso tenés que multiplicar al final de la fórmula. (1 - 0,05). De esa forma te queda neto de impuestos. Igual el cálculo del impuesto no se hace por inversión o especie sino sobre el rendimiento anual.
burzatil escribió:Creo que lo preguntas retoricamente, ya que con tu habilidad para buscar descuentos... seguro ya viste varios caminos alternativos, tanto para estar mejor como peor.
En 2015 teniamos un BCRA totalmente quebrado, ahora el BCRA se está recomponiendo. Obviamente que esto tuvo una contrapartida. Pero el stock de deuda no está a niveles alarmantes. Siempre que se pueda rollear el capital, y que realmente se busque el equilibrio primario que es a lo que por ahora nos estamos encaminando, los intereses se pueden pagar sin mayores problemas.
En términos de competitividad, que fue la gran apuesta de este gobierno, se avanzó mucho. Pero la competitividad se mejora de mediano y largo plazo, y lamentablemente los tiempos políticos son de corto plazo, signados por políticas de coyuntura que tapan e intentan anular las politicas estructurales.
Creo que el mercado está asignando bastante bien los riesgos. Si sigue cambiemos, le depara continuar con el camino iniciado (seguir realizando obras de infraestructura claves, abriendo mercados, incentivando la recuperación energética, la trasparencia en contraste con la mafia vivida en otros gobiernos, etcétera) pero está vez ya no con gradualismo. Tendrá que lanzarse en 2020/21 con reforma previsional y con un ajuste más drástico del estado (venian reduciendo los empleados públicos pensando en el largo plazo, pero tendrán que pensar en tiempos más cortos). Como así tambien ser más limitantes con las prestaciones sociales en general.
Ya proyectando una economía creciendo, y orientada a la exportación (otra de las visiones de este gobierno, producir para exportar, y no producir para el mercado interno, y exportar solo el excedente) podrán volver a plantearse o retomar la reforma impositiva en la que estaban incursionando. La apuesta clara es al mercado exportador, por primero vez en décadas enteras.
Si no sigue Cambiemos... sin comentarios por ahora. Las alternativas son todas una vuelta al mismo circulo vicioso de siempre. Del que este gobierno no pudo desprenderse del todo, tal vez por impericia, tal vez por falta de movimiento, de mayorias, de concensos, o un poco de todo.
Dólar? inflación? Son variables que se encarrilan si los números macro comienzan a cerrar, y sobre todo post elecciones. Les quedó claro que las tasas tienen que ser positivas (medidas contra la inflación) y en definitiva eso es lo que de a poco regenera la confianza en la moneda nacional. Por eso las empresas en plena corrida y ahora en pleno año electoral, siguen estando fuertemente en tasa. Porque su benchmark en general son los distintos índices de precios, y si la tasa de los depósitos es positiva no necesitan salir corriendo hacia el dólar.
Yo la macro, salvo que cometan errores graves, o que por motivos políticos empiecen a torcer los lineamientos iniciales del plan de ajuste, la veo bien posicionada para el 2020.
d34a escribió:Si pensás que vas a ganar menos de 66917 pesos en el año invirtiendo, entonces mejor dejá la plata en dólares y listo. La idea es que se supere ampliamente dicho mínimo no imponible y por lo tanto siempre hay que tener en cuenta el impuesto.
montador escribió:Estimado tengo 52 años, y he vivido el 1989, 2001-03, He visto mi sueldo pasar de USD2000 por mes a menos de USD500, He vivido todas las revoluciones de Izquierda y derecha en cuanto a la producción, he visto salariazos, y confiscaciones de jubilaciones de las AFJP. He hechos las colas en los Bancos, he visto a mucha gente perder sus propiedades.
Lo que se diferencia estos años, es que la gente tiene todos sus dineros en los bancos y aún no veo que se manden al banco a sacar su dinero gracias a la Inseguridad. No creo que mucha gente tenga presente lo violento que este estado en cuanto a lo político y defender sus negocios, Cuando van, van por todo. Hoy no creo que los políticos tengan las ganas de pasar por el "que se vallan todos nuevamente" Hoy a redes y eso conecta a todo el mundo, no como antes que todo dependía de un periódico y un fin de semana largo. Esto lo he vivido antes y por poco menos de lo que sucede te cambiaban al ministro de economía y salían con un plan restaurador de confianza.
Por otro lado, Las empresas de nuestro país, por lo general no son Crédito dependiente, es un mercado muy chico, por lo cual, habrá muchas que cierran, por que es mas barato. Una lástima por que ese capital jamás se recompone y menos las ganas de emprender y hacerlo de nuevo.
La diferencia de antes con el ahora, que el estado era mas chico, ahora abarca el 50-60% de la economía.
En fin, PBI/Cápita vamos en picada y desde hace largo años y si no cambia realmente, estás en un país cada vez mas pobre.
economist escribió:No se calcula el impuesto cedular a la renta financiera ya que solo es relevante si supera el mínimo no imponible. Solo debe ser tenido en cuenta si el impuesto se imputa sobre el rendimiento sin mínimo no imponible (no es el caso ya que el impuesto es anual), o si el monto que se invierte de ante mano lo supera. En ese caso tenés que multiplicar al final de la fórmula. (1 - 0,05). De esa forma te queda neto de impuestos. Igual el cálculo del impuesto no se hace por inversión o especie sino sobre el rendimiento anual.
d34a escribió:Te falta considerar el impuesto de Massa. En el caso de tener dólares en caja de ahorro o en el de seguridad, no pagás impuesto, mientras que en los bonos en pesos tenés que pagar el 5% del interés.
economist escribió:Buenas, un simple análisis que puede hacer cualquier inversor. Esto no significa ninguna recomendación a comprar o vender, cada uno debe hacer sus propios cálculos y análisis.