Títulos Públicos

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guilleg
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor guilleg » Mié Abr 10, 2019 3:46 pm

d34a escribió:Creo que todos estamos de acuerdo que el "impuesto cedular" (redactado por el staff de Massa, no creo que a él le den las neuronas para hacerlo) no tiene ningún sentido.

No perdón, la ley tiene sentido. Matemáticamente es perfecta, se paga el 5% o el 15% de la diferencia entre los que se puso y lo que se termina cobrando por todo concepto, sean cupones, diferencia de capital, etc., etc. lo que pasa que es tremendamente complicado calcular el impuesto, y a ese espíritu me atengo. Si tengo un quebranto lo aplico contra todo y que me vengan a buscar.

Aleboto
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Aleboto » Mié Abr 10, 2019 3:44 pm

Bonos ley argentina suben y bonos ley NY caen, que esta pasando?

guilleg
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor guilleg » Mié Abr 10, 2019 3:43 pm

d34a escribió:Creo que todos estamos de acuerdo que el "impuesto cedular" (redactado por el staff de Massa, no creo que a él le den las neuronas para hacerlo) no tiene ningún sentido.

Pero aparte en ningun lado leí específicamente como tratar las ganancias o quebrantos por venta de titulos valores. Son todas generalidades.

d34a
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor d34a » Mié Abr 10, 2019 3:40 pm

guilleg escribió:Te das cuenta que no tiene ningun sentido. Que diferencia tiene vender la lebac contra esperarlas al vencimiento.

Creo que todos estamos de acuerdo que el "impuesto cedular" (redactado por el staff de Massa, no creo que a él le den las neuronas para hacerlo) no tiene ningún sentido.

d34a
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor d34a » Mié Abr 10, 2019 3:38 pm

guilleg escribió:Por mi parte tengo un quebranto por venta de dica, el cual pienso aplicar contra todo, que me llame la afip, para mi todo es renta financiera, que grava el 15% o el 5% de la diferencia entre lo que se invirtió y lo que se termina cobrando por todo concepto.

Hay que ver si el programa de la AFIP te va a permitir hacer eso. Lo que va a ocurrir es que vos ponés los valores y fechas de compra, de venta y de intereses, y el programa calcula en base a lo que dice la ley cuánto tenés que pagar.

guilleg
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor guilleg » Mié Abr 10, 2019 3:37 pm

d34a escribió:Solo lo podés aplicar contra una ganancia de compraventa (estilo trader). Yo el año pasado compré Lebac y los vendí antes del vencimiento. Así que puedo aplicar las pérdidas del capital del bono contra la ganancia de las Lebac.

Te das cuenta que no tiene ningun sentido. Que diferencia tiene vender la lebac contra esperarlas al vencimiento.

d34a
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor d34a » Mié Abr 10, 2019 3:34 pm

guilleg escribió:No esta claro. Si tengo un quebranto por venta de AY24 contra que se puede aplicar. Solamente contra ganancias por venta de AY24 futuros, o de otros bonos ? Que diferencia hay entre venderlo y aguantarlo hasta el final. Si el bono lo aguanto hasta el final igual se paga por la diferencia entre el costo y el valor par. Se puede aplicar contra la venta de una lete ?
Por mi parte tengo un quebranto por venta de dica, el cual pienso aplicar contra todo, que me llame la afip, para mi todo es renta financiera, que grava el 15% o el 5% de la diferencia entre lo que se invirtió y lo que se termina cobrando por todo concepto.

Solo lo podés aplicar contra una ganancia de compraventa (estilo trader). Yo el año pasado compré Lebac y los vendí antes del vencimiento. Así que puedo aplicar las pérdidas del capital del bono contra la ganancia de las Lebac.

guilleg
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor guilleg » Mié Abr 10, 2019 3:31 pm

zequi73 escribió:Va un archivito sobre quebrantos que encontré en una web de contadores, bastante claro el tema.

No esta claro. Si tengo un quebranto por venta de AY24 contra que se puede aplicar. Solamente contra ganancias por venta de AY24 futuros, o de otros bonos ? Que diferencia hay entre venderlo y aguantarlo hasta el final. Si el bono lo aguanto hasta el final igual se paga por la diferencia entre el costo y el valor par. Se puede aplicar contra la venta de una lete ?
Por mi parte tengo un quebranto por venta de dica, el cual pienso aplicar contra todo, que me llame la afip, para mi todo es renta financiera, que grava el 15% o el 5% de la diferencia entre lo que se invirtió y lo que se termina cobrando por todo concepto.

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Re: Títulos Públicos

Mensajepor zequi73 » Mié Abr 10, 2019 2:59 pm

d34a escribió:En general estás sonado. El impuesto cedular está dividido en varios artículos: uno para compraventa, otro para renta, etc. y los quebrantos de uno no se pueden compensar con ganancias de otro (eso aparece explícitamente en la ley). Está claro que la ley está mal hecha.

El decreto de reglamentación te permite zafar restando la renta del 2018 del precio de compra del bono. Pero eso no corre para 2019.

Va un archivito sobre quebrantos que encontré en una web de contadores, bastante claro el tema.
Adjuntos
Compensación de quebrantos.docx
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burzatil
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor burzatil » Mié Abr 10, 2019 2:58 pm

fabio escribió:Sol Pérez....una importante analista y economista...te diría que los gráficos no sirven...

Si lo dice Sol me quedo tranquilo :mrgreen:

Este tipo de gráficos no son más que la contabilidad nacional expuesta de una forma fácil de entender y comparar.

Pero como información + pensamiento mata humo, y el humo vende, la mayoría los pasa por alto.

maxx
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor maxx » Mié Abr 10, 2019 2:57 pm

burzatil escribió:"Bla bla bla deuda, bla bla bla default".

Los gráficos hablan solos:
3.jpg

Del grupo de organismos multilaterales, casi todo se hace roll over. Mucho es Banco Mundial y BID. Solo lo del Club de Paris no tiene roll over. Así que las necesidades de USD son un poco menores.

d34a
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor d34a » Mié Abr 10, 2019 2:56 pm

d34a escribió:En general estás sonado. El impuesto cedular está dividido en varios artículos: uno para compraventa, otro para renta, etc. y los quebrantos de uno no se pueden compensar con ganancias de otro (eso aparece explícitamente en la ley). Está claro que la ley está mal hecha.

El decreto de reglamentación te permite zafar restando la renta del 2018 del precio de compra del bono. Pero eso no corre para 2019.

Artículo 19 de la reglamentación de la ley de ganancias:
Para establecer el conjunto de las ganancias netas de fuente argentina de las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, se compensarán los resultados netos obtenidos en el año fiscal, dentro de cada una y entre las distintas categorías.

En primer término, dicha compensación se realizará respecto de los resultados netos obtenidos dentro de cada categoría, con excepción de las ganancias provenientes de las inversiones —incluidas las monedas digitales— y operaciones a las que hace referencia el Capítulo II del Título IV de esta ley. Asimismo, de generarse quebranto por ese tipo de inversiones y operaciones, este resultará de naturaleza específica debiendo, por lo tanto, compensarse exclusivamente con ganancias futuras de su misma fuente y clase. Se entiende por clase, al conjunto de ganancias comprendidas en cada uno de los artículos del citado Capítulo II.

Los nuevos artículos son:
* Rendimiento producto de la colocación de capital en valores: depósitos bancarios, Títulos públicos, obligaciones negociables, cuotapartes de fondos comunes de inversión, Títulos de deuda de fideicomisos financieros y contratos similares, bonos y demás valores.
* Intereses (o rendimientos) y descuentos o primas de emisión: descuentos o incrementos según valor de compra.
* Dividendos y utilidades asimilables.
* Operaciones de enajenación de acciones, valores representativos y certificados de depósito de acciones y demás valores, cuotas y participaciones sociales —incluidas cuotapartes de fondos comunes de inversión y certificados de participación en fideicomisos financieros y cualquier otro derecho sobre fideicomisos y contratos similares—, monedas digitales, Títulos, bonos y demás valores.
* Enajenación y transferencia de derechos sobre inmuebles.

fabio
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor fabio » Mié Abr 10, 2019 2:16 pm

burzatil escribió:"Bla bla bla deuda, bla bla bla default".

Los gráficos hablan solos:
1.jpg
2.jpg[/attachment [attachment=0]3.jpg

Sol Pérez....una importante analista y economista...te diría que los gráficos no sirven...

d34a
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor d34a » Mié Abr 10, 2019 2:15 pm

Alex escribió:A mi del Broker me confirmaron que pasaron mal la data o hubo un error y Afip la tomo mal y que ya les habían enviando una nueva tanda de información con la regularización de los datos y a ojo están multiplicando por 100 lo que informaron respecto a lo que realmente cobré de intereses, igual como tengo Dica voy a aplicar los cupones a bajar costo y encima como perdimos más del 50%, me tienen que garpar ellos a mi. Alguno sabe si se pueden compensar perdidas de bonos con ganancias de FCI, PF u otra inversión? o tengo que tomar mínimos no imponibles por cada uno de los activos? sino como merd van a calcular a que luego de aplicar el mínimo, el importe que quede en caso de superar va al 15% o al 5% ???

En general estás sonado. El impuesto cedular está dividido en varios artículos: uno para compraventa, otro para renta, etc. y los quebrantos de uno no se pueden compensar con ganancias de otro (eso aparece explícitamente en la ley). Está claro que la ley está mal hecha.

El decreto de reglamentación te permite zafar restando la renta del 2018 del precio de compra del bono. Pero eso no corre para 2019.

alzamer
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor alzamer » Mié Abr 10, 2019 2:09 pm

D34....
Estas en lista de espera para entrar junto con burzatil, serpdf, y tantos otros.


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