dioslo escribió:Fredo16 creo es erróneo el criterio aplicado para lebac y letes ya que ambas son títulos menores a un año y lo que primero ocurre es la percepción de la renta al momento de la suscripción (como título a descuento pero se diferencia de este último por ser un título menor a un año y corresponde el criterio de lo persivido) por lo que si se suscribió en el 2017 y vence en 2018 no debería tributar ya que lo que ocurre primero es la percepción de la renta. Agradecería tu consideración. Saludos
Solo para confirmar si entendí bien , si en el 2017 suscribí letes pagando 975 por cada 1000 y me depositan los 1000 en el 2018 no debo pagar aunque los 25 dólares los reciba en el 2018 ?
Si es así no entiendo porque en la Afip en ...que sabemos de vos .. me incluyeron las letes que vencieron en el 2018 y no figuran las que suscribí en el 2018 y vencen en el 2019 . Lo que sigo con duda es que pusieron “intereses en pesos = $1,00 “ y no lo real ganado
Esperemos que aclare por ahora para mi esta muy oscuro !!!