guilleg escribió:Es tal cual.
Ojo revisá lo que informaron los bancos.
El Industrial por ejemplo se equivocó. Los plazos fijos que se emitieron en el 2017 mandaron todo el interés. Tuve que desagregarlo.
Guilleg, esa es la discusión con mi contador , la interpretación de él es lo que hizo tu banco , si el PF lo tenías al 31 de dic 17 , cuando lo cobras en el 2018 pagas por todo los intereses cobrados y no por la parte proporcional entre 2017 - 2018 , como también los que hiciste durante el 2018 y vencen en el 2019 lo pagas en la declaración del año próximo por el total
En el artículo que adjunte en el ítem 10.Casos especiales , primer párrafo dice :
Los intereses de plazos fijos y de valores en general , a los que se refiere el artículo 90.1 de la LIG , existentes al 31/12/2017 estarán gravados en su totalidad - incluyendo los devengados hasta esa fecha- en el periodo fiscal en el periodo fiscal en el que corresponda su imputación , conforme lo expuesto en 9
Como lo interpretan , se escuchan interpretaciones , Gracias de antemano