Re: MERVAL Indice Merval
Publicado: Mar Jul 14, 2015 8:54 pm
no nos olvidemos del merval 17.000/17.500 de FEDIO 

rmirra escribió:El nivel de sueldo es un parametro más, pero no el único y no necesariamente el más importante. Cada banco está obligado a hacer un perfil del cliente en funcion a la información que tiene (o que le puede pedir y el cliente acreditar) es decir, que es lo normal que puede mover y en que tipo de operaciones.
En funcion a eso establece ciertos límites que si se pasan, obligan a pedir documentación al cliente (Aca es possible que este tu Hermana). Si el cliente entrega la documentación, el banco está obligado a analizarla. Si de esta etapa surge que no hay justificación de los fondos suficiente, derivaría en un reporte de operación sospechosa (antes no).
Como ves, si operas en blanco, no es tan fácil terminar en operación sospechosa. Por ejemplo, si en tu cuenta sueldo te depositan un importe grande por indeminización por despido, o por herencia, o por la venta de una casa, o transferencia de otro banco (cuenta declarada en ddjj de Bs Personales deafip) tendrás que brindar la documentación de respaldo al banco cuando te pida justificar ese movimiento. Si no lo hacés, posiblemente traten de cerrarte la cuenta o la operación involucrada y podría incluso si logran tener suficiente "duda" en una operación sospechosa.
Espero haber aclarado algo el tema. Cada banco tiene sus normas y calidad de empleados, pero la norma es así.
boquita escribió:http://www.desdelabolsaendirecto.com/
muy bueno todo lo hablado del oil y sus perspectivas
un capo un tal Nicolas Fiore y cia!
a parte , la musica!!!!
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her_unlimited escribió:gente alguien sabe que porcentaje debe ser el sueldo respecto de lo que se invierte para que no sea operación sospechosa?? en el banco a mi hermana le dicen que el sueldo no le alcanza y que si no justifica otros ingresos por ahí le cierran la cuenta de FCI. O sea la ganancia que se hace con la inversión bien gracias...
gusflaquer escribió:Si, por ejemplo compras en marzo, cuando te viene el resumen, cargas la retención
en el sistemita de la AFIP, así todos los meses que realizas las compras.-
Después a fin de año cerras (ojo que tiene una fecha límite para el cierre, sino
lo haces fuiste) y haces una especie presentación y a los 2 meses tenes la
devolución.-
La verdad es que lo aprendimos a los golpes con mis compañeros de trabajo porque
la terminología de la AFIP es medio rara para los que no estamos en el tema, pero en
líneas generales funciona así, espero te sirva.-
gusflaquer escribió:Si, por ejemplo compras en marzo, cuando te viene el resumen, cargas la retención
en el sistemita de la AFIP, así todos los meses que realizas las compras.-
Después a fin de año cerras (ojo que tiene una fecha límite para el cierre, sino
lo haces fuiste) y haces una especie presentación y a los 2 meses tenes la
devolución.-
La verdad es que lo aprendimos a los golpes con mis compañeros de trabajo porque
la terminología de la AFIP es medio rara para los que no estamos en el tema, pero en
líneas generales funciona así, espero te sirva.-
quienduda escribió: Se agradece mucho estimado![]()
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gusflaquer escribió:Si, por ejemplo compras en marzo, cuando te viene el resumen, cargas la retención
en el sistemita de la AFIP, así todos los meses que realizas las compras.-
Después a fin de año cerras (ojo que tiene una fecha límite para el cierre, sino
lo haces fuiste) y haces una especie presentación y a los 2 meses tenes la
devolución.-
La verdad es que lo aprendimos a los golpes con mis compañeros de trabajo porque
la terminología de la AFIP es medio rara para los que no estamos en el tema, pero en
líneas generales funciona así, espero te sirva.-