PELÉ escribió: ↑
AQUILES: ¿No figuran como pérdida los $ 350 millones del embargo? ¿O estos delincuentes siguen diciendo que están enterados informalmente?
PD: Les doy una primicia. Como los valores de los títulos a restituir a Gysin y Cía. Sociedad de Bolsa siguen subiendo, dicho embargo va a ser ampliado a no menos de $ 500 millones antes de fin de año. Así que,
¡¡¡¡Chau dividendos de $ 1,20 por acción!!!!
Normalmente, un reclamo debe ser provisionado....eso se hizo, y la ampliación a la que te referís comunicada este año, estaría pendiente de ser contabilizada. Igual, por normativa del BCRA no pueden distribuir hasta el 31/12/2020.
Transcribo la nota de los EECC donde figura lo que te interesa. Esto es al 31/03/2020:
Como decía Minguito "no te chivés"
"...Conforme se informó al público inversor el 5 de febrero del 2020 mediante hecho relevante
publicado en la Autopista de información financiera y en BYMA Digital, la jueza de primera
instancia interviniente en los autos caratulados “Gysin y Cía. S.A. Soc. de Bolsa s/Otros –
Concurso s/Inc. de apelación, Expediente Com. N° 28256/2011”, resolvió trabar embargo a
esta Sociedad. Dicha medida, se hizo efectiva en la suma de pesos 2760,26 (dos mil
setecientos sesenta con veintiseis centavos) y U$S 52,22 (dólares estadounidenses
cincuenta y dos con veintidos centavos).
Al respecto, la Sociedad tomó conocimiento informalmente a través de su sociedad
controlada, Banco de Valores S.A. que, con fecha 16 de marzo de 2020, se habría decretado
una ampliación de dicho embargo preventivo sobre los futuros dividendos en efectivo que
tenga que percibir la Sociedad por la suma de pesos 251.081.548, con más la suma de pesos
50.000.000 presupuestada provisoriamente para intereses y costas. Asimismo, en relación
a dichos autos y en la misma fecha, también se habría dispuesto trabar embargo por la suma
de U$S 296.222, con más la suma de dólares estadounidenses U$S 88.866 (o sus
equivalentes en pesos calculados al tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación
Argentina a la fecha de que se haga efectivo el mencionado embargo), presupuestada
provisoriamente para intereses y costas. Es importante aclarar que el mismo no se ha
concretado en función que la Entidad no ha abonado hasta la fecha dividendo alguno, por lo
que dicha medida cautelar no ha sido efectivizada.
También corresponde resaltar que conforme la Comunicación “A” 6939 y 7035 emitidas por
el BCRA, las entidades financieras no podrán distribuir dividendos hasta el 31 de diciembre
del corriente año, con lo cual, la Sociedad no podrá cobrar los dividendos que se pretendería
embargar hasta esa fecha. Sin embargo, una vez se reanude la actividad judicial, esta
Sociedad presentará los recursos necesarios para hacer valer sus derechos..."