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Re: Impositivo - Tributario
Publicado: Dom Ene 23, 2022 1:03 pm
por ironhide
ArmonicoEnFuga escribió: ↑
De hecho si lo razonando de otro modo la tasa del 1,8% en bs pers bien puede interpretarse como una jugada del Estado para cobrarte en ccl algo q cotiza con una brecha del 100%
Es exactamente eso, como pagan impuesto al valor del dolar oficial se le pone doble alicuota para que paguen alrededor de su valor ccl/mep... por suerte todavia no metieron eso a los billetes fisicos... pero con el hambre que tienen no creo que quede mucho tiempo
Re: Impositivo - Tributario
Publicado: Dom Ene 23, 2022 11:14 am
por ArmonicoEnFuga
De hecho si lo razonando de otro modo la tasa del 1,8% en bs pers bien puede interpretarse como una jugada del Estado para cobrarte en ccl algo q cotiza con una brecha del 100%
Re: Impositivo - Tributario
Publicado: Dom Ene 23, 2022 11:12 am
por ArmonicoEnFuga
EJS escribió: ↑
Si cotizan en pesos no hay nada que convertir , el tema son las tenencias en doláres de la Cedears
Estimado
No es tan sencillo, porque si bien es cierto, al cotizar afuera en otra moneda vos bien podrías poner en la su un quebranto (perdida) por el sobreprecio q pagaste por ese dolar.
Yo sigo afirmando que deberían pagar usd tc oficial. No puede la norma fomentar tener las tenencias en el exterior. Más tarde o más temprano va a tener que ser asi.
Re: Impositivo - Tributario
Publicado: Sab Ene 22, 2022 1:00 pm
por Pibebolsero
debenede escribió: ↑
Si cotizan en pesos, la Afip te va a pedir que lo valúes a esa cotización, ya bastante que te ganas la exención de ganancias que las acciones del exterior no la tienen.
Estimados, les dejo un nota que puede resultar de interés.
https://www.ambito.com/opiniones/etf/co ... s-n5355646
Re: Impositivo - Tributario
Publicado: Mié Ene 12, 2022 12:10 pm
por EJS
debenede escribió: ↑
Si cotizan en pesos, la Afip te va a pedir que lo valúes a esa cotización, ya bastante que te ganas la exención de ganancias que las acciones del exterior no la tienen.
Si cotizan en pesos no hay nada que convertir , el tema son las tenencias en doláres de la Cedears
Re: Impositivo - Tributario
Publicado: Mar Ene 11, 2022 11:35 pm
por debenede
EJS escribió: ↑
Estimado Dadan , me olvide de indicar que se liquidan al tipo de cambio comprador del banco nación al 31 de dic , saludos
Si cotizan en pesos, la Afip te va a pedir que lo valúes a esa cotización, ya bastante que te ganas la exención de ganancias que las acciones del exterior no la tienen.
Re: Impositivo - Tributario
Publicado: Mar Ene 11, 2022 11:35 pm
por debenede
EJS escribió: ↑
Estimado Dadan , me olvide de indicar que se liquidan al tipo de cambio comprador del banco nación al 31 de dic , saludos
Si cotizan en pesos, la Afip te va a pedir que lo valúes a esa cotización, ya bastante que te ganas la exención de ganancias que las acciones del exterior no la tienen.
Re: Impositivo - Tributario
Publicado: Mar Ene 11, 2022 12:03 pm
por EJS
Estimado Dadan , me olvide de indicar que se liquidan al tipo de cambio comprador del banco nación al 31 de dic , saludos
Re: Impositivo - Tributario
Publicado: Mar Ene 11, 2022 11:32 am
por EJS
Estimado Dadan , consulte con un tributarista y me dice que las Cedears pagan BP , el articulo esta mal , saludos
Re: Impositivo - Tributario
Publicado: Lun Ene 10, 2022 4:23 pm
por Dadan
Buenas tardes, en esa nota dice que Cedear no paga BP, lo cual no es correcto. Yo postee mas abajo la duda que tengo con respecto a como se valua el cedear para BP, pero paga y como bien del exterior. Insisto con mi consulta por si alguno sabe: Afip dice (por respuesta a consulta) que por principio de realidad economica el CEDEAR es un bien del exterior. Segun la ley los bienes del exterior que coticen en mercado abierto (seria el caso), se liquidan al valor de mercado en el exterior. La duda es si ese valor en usd, se transforma a pesos oficiales o si se debe tomar la valuacion a valor real, es decir a CCL. Nunca me respondio AFIP cuando "repregunte" esto ultimo. Se agradecen comentarios al respecto
Re: Impositivo - Tributario
Publicado: Lun Ene 10, 2022 3:09 pm
por EJS
estimados , envío Excel con valor dolar del 2021
Re: Impositivo - Tributario
Publicado: Sab Ene 08, 2022 1:22 pm
por EJS
https://www.cronista.com/economia-polit ... os-que-no/
Estimados , alguien de los mas conocedores me puede decir si lo publicado es correcto , gracias de antemano
Re: Impositivo - Tributario
Publicado: Vie Dic 31, 2021 12:07 pm
por paisano
Ahi publicaron en el BO lps cambios en BBPP, asi que ya esta vigente.
Re: Impositivo - Tributario
Publicado: Mié Dic 29, 2021 12:01 am
por green arrow
ironhide escribió: ↑
Por ahora si, depende del senado mañana y del presidente luego que firme el decreto reglamentario.
Gracias ironhide¡
Re: Impositivo - Tributario
Publicado: Mar Dic 28, 2021 1:39 pm
por Dadan
ironhide escribió: ↑
Acciones en realidad todas pagan el tema que retienen luego el impuesto.
El bien es uno solo, si la empresa ya paga bienes personales, entonces vos al tener acciones no podes pagar nuevamente por el mismo bien, entonces paga por el responsable sustituto y se informa como exento.
Por eso los ADR (que son certificados de empresas argentinas en el exterior) aunque la plata este afuera se informa exento.
Los Cedears es el caso contrario, son certificado de depósitos de empresas extranjeras que cotizan acá... En ese caso las empresas no tributan bienes personales y por eso si están gravadas en Bienes Personales.
No sé si me explique bien.
La duda siempre la tuve en el caso de MELI, no conozco nadie que haya cobrado dividendos para saber si tuvo retención de ese impuesto.
Buenas tardes, alguien sabe como se valua la tenencia de Cedear para BP?
Segun AFIP, corresponde su inclusion como bien del exterior (hice la consulta hara 1 año) por el principio de realidad economica. Pero la ley habla que los bienes del exterior, que coticen en mercados abiertos, se valuan a valor de mercado. Entonces volvi a consultar a AFIP, si se debe tomar el valor de mercado en el exterior en usd y convertirlo a pesos (102 a hoy mas o menos) o si se toma a valor del CCL , o sea a cotizacion de mercado local del Cedear propiamente dicho. No tuve respuesta por eso consulto a los foristas, para ver que criterios toman.
Se agradecen las opiniones
Saludos
D