Antonito escribió:Mira este es un fallo de la Cámara Federal de la Seguridad Social, hay muchas instancias para el Gobierno para apelar el fallo, puede llegar hasta la Corte Suprema,
Tecnicamente si nos vamos a poner super mega tecnicos y correctos.
Es correcto lo que dice la Camara Federal, la nueva ley de Movilidad Jubilatoria es ANTICONSTITUCIONAL
Porque????????
Porque la constitución dice entre tantas cosas que los beneficios que uno Adquiere en Argentina forman parte del Concepto de "Derecho Adquirido" osea no te pueden sacar beneficios ya adquiridos a nivel constitucional como son las Jubilaciones.
Osea por ejemplo mañana no pueden sacar un decreto que vuelvan a instalar la exclavitud, mañana no pueden sacar un decreto que prohiban transitar libremente por el país, mañana no pueden sacar un decreto que prohiba a los trabajadores organizarse en gremios, osea son derechos adquiridos y la constitución dice claramente que no pueden quitarse o deteriorarse los derechos adquiridos.
Y que el Jubilado tenga una actualización Jubilatoria es un DERECHO ADQUIRIDO entonces no pueden cambiarte la formula por una peor, eso viola ese concepto de la Constitución.
Entonces si nos ponemos super tecnicos tiene razón la Camara Federal, es anticonstitucional, osea tenes que reformar la constitución quitar el concepto de "derecho adquirido" en la constitución y ahi si si queres hasta incluso mañana podes bajarle la jubilación a todos y estas en tu ley.
Veremos como prospera, si nos ponemos en Constitucionalistas, la ley de movilidad Jubilatoria debe ser anulada.