Jac1 escribió:Era para alex que habia preguntado, perdón por no aclararlo.

Perdón, perdón, jaja.
Bueno, llegué a la conclusión de que no existe default cruzado en los bonos que no son del canje (salvo el Global 2017).
En los bonos del canje, existe default cruzado en todos los que sean ley extranjera, pero no en los ley argentina.
http://www.mecon.gob.ar/finanzas/sfinan ... 042010.pdf
“g) Condiciones de los Títulos Nuevos emitidos bajo ley extranjera no
aplicables a los Títulos Nuevos emitidos baja Ley Argentina:
i. Cláusula de Acción Colectiva (“Collective Action Clause”)
ii. Compromiso de No Hacer (“Negative Pledge”)
iii. Incumplimiento – Incumplimiento Cruzado (“Default – cross
default”)
iv. Pari passu”
Otro punto importante es el "d)", donde dice básicamente que si le pagás a los buitres por una orden judicial, no te da derecho a reclamar nada:
"d) Derechos respecto de Futuras Ofertas. Si luego del vencimiento de la Invitación y hasta el 31 de diciembre de 2014, la Argentina efectúa
voluntariamente una oferta de compra o canje o
solicita consentimiento para modificar los Títulos Elegibles anteriores a 2005 que no fueron ofrecido o aceptados en virtud de la Invitación (salvo una oferta en condiciones sustancialmente idénticas o favorables que las de la Invitación), la Argentina adoptará todas las medidas necesarias para que cada tenedor de Bonos con Descuento o Bonos Par tenga derecho, durante el período de 30 días calendario, como mínimo, siguiente al anuncio de esa oferta, a canjear cualquiera de los Bonos con Descuento o Bonos Par de ese tenedor por la contraprestación en efectivo o en especie recibida en relación con esa compra u oferta de canje o títulos que tengan términos sustancialmente idénticos a los resultantes de ese proceso de modificación, en cada caso de conformidad con los términos y condiciones de esa oferta de compra, oferta de canje o proceso de modificación."
En el caso de los bonos decretados, tampoco está explicitado qué derecho te da un evento de incumplimiento (qué podés reclamar). Eso lo tiene que determinar un juez. Distinto es el caso de los DICY, PARY, TVPY:
"Upon any declaration of acceleration,
the principal, interest and all other amounts payable on that series of debt securities will become immediately due and payable on the date that written notice is received at the office of the trustee, unless Argentina has remedied the event or events of default prior to receiving the notice"
http://www.mecon.gob.ar/finanzas/sfinan ... 042010.pdf