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Re: Títulos Públicos

Publicado: Lun Ago 26, 2013 10:26 pm
por martin
Como no va a poder girar divisas ??... :pared:
Como es posible que haya tal nivel de ignorancia ??...

Re: Títulos Públicos

Publicado: Lun Ago 26, 2013 10:24 pm
por Tierra arrasada
chare escribió:Para el Argentino, que tiene DICY, PARY, TVPY, va a ser un golazo, quito de encima el riego de no pago, por un posible embargo al BONY, cambia Leg y listo. Para el Arg que tiene DIY0, PAY0, PVY0, va a ser un golazo, porque a estos ademas de quitar el riesgo de embargo, podrian pasar a tener igual valor que un DICA, PARA, TVPA, pq al ser canjeados, tendrian un nvo ISING, con una emision mayor a la actual que es lo que les genera poca liquidez (ESTO SUPONIENDO QUE INGRESAN TODOS).
Pasemos al tenedor extranjero. Para los HEDGE o Fondos del exterior, puede ser un dolor de bolas, ya que muchos solo invierten en activos con Leg USA. Estos quizas, ante esta noticia, podria salir a reventar la cartera o solo apostar a un fallo benigno ( Cosa que no creo) o apostar a que el Gob. respete un Fallo adverso, (cosa que tampoco creo) ya que esta medida se toma para evitar respetar el fallo o rechazo de La CS).
El tema sera, cual es la tenencia en poder de estos? Y si la tenencia en poder de estos, puede ser absorvida por algun otro tenedor que si este dispuesto a asumir este riesgo.
Los Fondos que no tengan este problema y ademas esten dispuestos a asumir el Riesgo de Leg ARG, no pasa nada, cobran divisas a traves de CV en DTC o Euroclar.
Otro riesgo a asumir por un extranjero es la pesificacion, pq si esto sucediera, quedan en camisa de once baras, pq aca saldria favorable al gobierno, ya que estaria sometido a la Leg ARG.
Aca no hay Cepo, para el Gobierno pagar aca o afuera es lo mismo, el beneficio es para el tenedor, ya que cobra las divisas en el exterior sin costos adicionales.
Los que tienen Bonos a traves de Soc Uruguayas, no pasa nada, las soc Uruguayas tienen cta en CV a su nombre y tienen 2 ctas, una cartera propia y otra terceros, la que firmaria la opcion al canje es la soc uruguaya, esta, luego los sube a euroclear o los mantiene en CV, cobra y luego distribuye.
Es tan largo y via celular, que no se si me olvido algo. IGUAL VEREMOS LA LETRA CHICA.

Chare el tenedor extranjero querra venir con el cepo no pueden girar divisas

Re: Títulos Públicos

Publicado: Lun Ago 26, 2013 10:12 pm
por Gramar
chare escribió:Para el Argentino, que tiene DICY, PARY, TVPY, va a ser un golazo, quito de encima el riego de no pago, por un posible embargo al BONY, cambia Leg y listo. Para el Arg que tiene DIY0, PAY0, PVY0, va a ser un golazo, porque a estos ademas de quitar el riesgo de embargo, podrian pasar a tener igual valor que un DICA, PARA, TVPA, pq al ser canjeados, tendrian un nvo ISING, con una emision mayor a la actual que es lo que les genera poca liquidez (ESTO SUPONIENDO QUE INGRESAN TODOS).
Pasemos al tenedor extranjero. Para los HEDGE o Fondos del exterior, puede ser un dolor de bolas, ya que muchos solo invierten en activos con Leg USA. Estos quizas, ante esta noticia, podria salir a reventar la cartera o solo apostar a un fallo benigno ( Cosa que no creo) o apostar a que el Gob. respete un Fallo adverso, (cosa que tampoco creo) ya que esta medida se toma para evitar respetar el fallo o rechazo de La CS).
El tema sera, cual es la tenencia en poder de estos? Y si la tenencia en poder de estos, puede ser absorvida por algun otro tenedor que si este dispuesto a asumir este riesgo.
Los Fondos que no tengan este problema y ademas esten dispuestos a asumir el Riesgo de Leg ARG, no pasa nada, cobran divisas a traves de CV en DTC o Euroclar.
Otro riesgo a asumir por un extranjero es la pesificacion, pq si esto sucediera, quedan en camisa de once baras, pq aca saldria favorable al gobierno, ya que estaria sometido a la Leg ARG.
Aca no hay Cepo, para el Gobierno pagar aca o afuera es lo mismo, el beneficio es para el tenedor, ya que cobra las divisas en el exterior sin costos adicionales.
Los que tienen Bonos a traves de Soc Uruguayas, no pasa nada, las soc Uruguayas tienen cta en CV a su nombre y tienen 2 ctas, una cartera propia y otra terceros, la que firmaria la opcion al canje es la soc uruguaya, esta, luego los sube a euroclear o los mantiene en CV, cobra y luego distribuye.
Es tan largo y via celular, que no se si me olvido algo. IGUAL VEREMOS LA LETRA CHICA.

Gracias Chare.
Si algún fondo quiere liquidar, allí estará el Banco Nación, el BCRA, la ANSES y los fondos holdin amicus para llevarle la tenencia e ingresarla al canje.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Lun Ago 26, 2013 10:07 pm
por chare
Para el Argentino, que tiene DICY, PARY, TVPY, va a ser un golazo, quito de encima el riego de no pago, por un posible embargo al BONY, cambia Leg y listo. Para el Arg que tiene DIY0, PAY0, PVY0, va a ser un golazo, porque a estos ademas de quitar el riesgo de embargo, podrian pasar a tener igual valor que un DICA, PARA, TVPA, pq al ser canjeados, tendrian un nvo ISING, con una emision mayor a la actual que es lo que les genera poca liquidez (ESTO SUPONIENDO QUE INGRESAN TODOS).
Pasemos al tenedor extranjero. Para los HEDGE o Fondos del exterior, puede ser un dolor de bolas, ya que muchos solo invierten en activos con Leg USA. Estos quizas, ante esta noticia, podria salir a reventar la cartera o solo apostar a un fallo benigno ( Cosa que no creo) o apostar a que el Gob. respete un Fallo adverso, (cosa que tampoco creo) ya que esta medida se toma para evitar respetar el fallo o rechazo de La CS).
El tema sera, cual es la tenencia en poder de estos? Y si la tenencia en poder de estos, puede ser absorvida por algun otro tenedor que si este dispuesto a asumir este riesgo.
Los Fondos que no tengan este problema y ademas esten dispuestos a asumir el Riesgo de Leg ARG, no pasa nada, cobran divisas a traves de CV en DTC o Euroclar.
Otro riesgo a asumir por un extranjero es la pesificacion, pq si esto sucediera, quedan en camisa de once baras, pq aca saldria favorable al gobierno, ya que estaria sometido a la Leg ARG.
Aca no hay Cepo, para el Gobierno pagar aca o afuera es lo mismo, el beneficio es para el tenedor, ya que cobra las divisas en el exterior sin costos adicionales.
Los que tienen Bonos a traves de Soc Uruguayas, no pasa nada, las soc Uruguayas tienen cta en CV a su nombre y tienen 2 ctas, una cartera propia y otra terceros, la que firmaria la opcion al canje es la soc uruguaya, esta, luego los sube a euroclear o los mantiene en CV, cobra y luego distribuye.
Es tan largo y via celular, que no se si me olvido algo. IGUAL VEREMOS LA LETRA CHICA.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Lun Ago 26, 2013 10:06 pm
por Tierra arrasada
JAQUE MATE escribió:Atencion:a tenedores de bonos se cambia el domicilio de pago capital e intereses de la deuda se pagara en la rosadita de puerto madero el bony no va mas :2231:

Esto lo dije a las 12.47 lo vuelvo a reiterar

Re: Títulos Públicos

Publicado: Lun Ago 26, 2013 9:33 pm
por martin
Mr_K escribió:Una salida seria hubiera sido ofrecerles un canje por jurisdicción europea o japonesa y pagaderos en euros o yenes, un canje con las mismas garantías que NY. Nadie hubiera dudado y la aceptación hubiera sido masiva y salvaba las ropas. En cambio, les ofrecen someterse a la ratonera del cepo y el pijazo pesificador.

Galtierizada y bancando los trapos, los defaulteadores seriales.


Gentileza de Faulkner"

Ese tipo está obsesionado con los PIJAZOS. Tanto le habrán roto el orto durante su vida ??.... :lol:

Re: Títulos Públicos

Publicado: Lun Ago 26, 2013 9:31 pm
por Gramar
Gramar escribió:Muchachos, hablan loas de la Ley NY cuando es la única que está poniendo el riesgo el pago a los holdin.
Cómo un tenedor canjeado se va a sentir mejor en NY donde le quieren embargar la guita que en ARG donde pueden cobrar divisas...?

Alfredo 2011 escribió:
Pero no te olvides que se colocó con ley NY, para que entraran al canje, cuando la situación del país era de default

Se colocó NY porque eran las emisiones caídas. Todo cambió de esa parte a hoy.
Hoy, la Ley NY te está diciendo si le pagas a un holdin, te embargo para distribuirle a un holdout. Eso es bien novedoso. No puede juzgarse todo linealmente.
Hay que ser pragmático y CFK lo está siendo.
Singer va a cobrar, de eso no hay dudas. Terminará canjeando o cobrará todo lo que pueda una vez que caigan las RUFO y encuentre mejor recepción en la Rosada; ahora bien, lo primordial es garantizar la vigencia y el cumplimiento del 93% de los canjeados...., y eso se está haciendo.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Lun Ago 26, 2013 9:28 pm
por Alfredo 2011
Gramar escribió:Muchachos, hablan loas de la Ley NY cuando es la única que está poniendo el riesgo el pago a los holdin.
Cómo un tenedor canjeado se va a sentir mejor en NY donde le quieren embargar la guita que en ARG donde pueden cobrar divisas...?

Pero no te olvides que se colocó con ley NY, para que entraran al canje, cuando la situación del país era de default

Re: Títulos Públicos

Publicado: Lun Ago 26, 2013 9:28 pm
por Tanque
LEOFARIÑA escribió:Tenemos que entender que no vamos a acatar el fallo entonces, por lo que no hace falta que dios nos ayude con la corte suprema ya ni si quiera lo van a leer el caso. Ahora, digo yo no era mejor esperar y ganar el tiempo en lugar de precipitarlo. Salvo que la cadena nacional sea para tapar que bajaron las reservas.

no

Re: Títulos Públicos

Publicado: Lun Ago 26, 2013 9:25 pm
por LEOFARIÑA
Tenemos que entender que no vamos a acatar el fallo entonces, por lo que no hace falta que dios nos ayude con la corte suprema ya ni si quiera lo van a leer el caso. Ahora, digo yo no era mejor esperar y ganar el tiempo en lugar de precipitarlo. Salvo que la cadena nacional sea para tapar que bajaron las reservas.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Lun Ago 26, 2013 9:24 pm
por Gramar
Muchachos, hablan loas de la Ley NY cuando es la única que está poniendo el riesgo el pago a los holdin.
Cómo un tenedor canjeado se va a sentir mejor en NY donde le quieren embargar la guita que en ARG donde pueden cobrar divisas...?

Re: Títulos Públicos

Publicado: Lun Ago 26, 2013 9:24 pm
por guilleg
guilleg escribió:Ahora nos venimos a enterar que no solamente era importante la legislación sino el lugar de pago ?
Un inversor que tenía RO15 o AS13 afuera corría riesgo de embargo ?
No entiendo esto.

Porqué cambian a legislación nacional y van a ser pagaderos acá ?

Re: Títulos Públicos

Publicado: Lun Ago 26, 2013 9:22 pm
por guilleg
Ahora nos venimos a enterar que no solamente era importante la legislación sino el lugar de pago ?
Un inversor que tenía RO15 o AS13 afuera corría riesgo de embargo ?
No entiendo esto.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Lun Ago 26, 2013 9:20 pm
por Tanque
Mr_K escribió:Es un doble Default, al de los Fondos Buitres se suma ahora los performing con legislación americana.

Gentileza de Faulkner

buah,
si lo dice el poeta ....

Re: Títulos Públicos

Publicado: Lun Ago 26, 2013 9:13 pm
por el_porteño
El AS13 tienen legislación local. Los cobran en septiembre acá