Re: Títulos Públicos
Publicado: Lun Nov 11, 2013 12:19 pm
jok escribió:Chare, si andas por estos lares, coméntanos como esta la operatoria del dólar hoy
Muerto! solo op 4.5M a 5.973

jok escribió:Chare, si andas por estos lares, coméntanos como esta la operatoria del dólar hoy
jok escribió:Chare, si andas por estos lares, coméntanos como esta la operatoria del dólar hoy
alfil escribió:PESIFICACION..
El nuevo Código Civil tendrá dictamen el jueves y se trataría antes de fin de año
El artículo 765 del proyecto para unificar los códigos Civil y Comercial dispone: La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial.
En fin...
alfil escribió:PESIFICACION..
El nuevo Código Civil tendrá dictamen el jueves y se trataría antes de fin de año
El artículo 765 del proyecto para unificar los códigos Civil y Comercial dispone: La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial.
En fin...
alfil escribió:PESIFICACION..
El nuevo Código Civil tendrá dictamen el jueves y se trataría antes de fin de año
El artículo 765 del proyecto para unificar los códigos Civil y Comercial dispone: La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial.
En fin...
alfil escribió:PESIFICACION..
El nuevo Código Civil tendrá dictamen el jueves y se trataría antes de fin de año
El artículo 765 del proyecto para unificar los códigos Civil y Comercial dispone: La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial.
En fin...
martin escribió: Respecto a los cupones creo que a medida que acerque fin de año o principios del 2014 se tendrian que ir despejando las dudas, que todavía hay, sobre el pago del 2014. Si esto sucede a los cupones les queda una muy buena suba en los próximos meses.
Respecto a los bonos a mi me gusta el dicy. No olvidarse que a fin de año este bono paga una linda renta en dolares que puede ser la zanahoria para que suba.
MiguelS escribió:Martín:
¿cómo ves el panorama de corto?
De acá a fin de año / principios de 2014.