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Re: Títulos Públicos

Publicado: Jue Nov 21, 2013 8:20 am
por hrl745
Hola a todos. Alguien sabe que papeles y/o documentos se tiene que llevar al registro de las personas para sacar el DNI tarjeta? Leí que para 2015 solo va a ser valido el DNI tarjeta. Saben que costo tiene? Gracias.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Nov 20, 2013 11:47 pm
por risky
julio3725 escribió:Una vez que te la pongan anda con la cantinela al coro de los niños cantores del tirol! :2230:

Jaja. ¡No tengo bonos! Solamente cupones. Y nada en usd, solamente en euros y en pesos.
Vos has tenido bonos soberanos en usd (o tenés)? Si la respuesta es afirmativa, ¿cómo has cobrado las rentas-amortizaciones?
¿Cuántas veces leíste/viste/escuchaste hablar en estos años de pesificación de los pagos de los vtos de deuda pública nacional? ¿Cuántas veces se cumplieron esos vaticinios?

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Nov 20, 2013 11:22 pm
por Patrick
1) El nuevo Código, de ser aprobado, entraría en vigencia recién en Enero de 2015 (cosa lógica cuando se modifica todo el sistema de derecho privado).

2) La reforma de los artículo 765 y 766 volvería las cosas al viejo Código de Vélez que consideraba las obligaciones en moneda extranjera como obligaciones de dar cosas y no dinero como fue establecido en la reforma de 1991. Lo que desaparecería es la obligación del deudor de dar billetes, pero no significa pesificación sino el derecho del deudor de entregar pesos al tipo de cambio resultante a la fecha de pago.

Saludos

Patrick


alexis escribió:"ARTICULO 765 (4*).Concepto. La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial."

Entre otras cosas, en las reformas al CC esto se aprobara la semana que viene en el Senado y sera ley antes de fin de año. Se supone que la ley no es retroactiva pero no hay ninguna aclaracion al respecto.


Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Nov 20, 2013 10:59 pm
por Sureño
martin escribió:
Beldi siempre fue un inútil y mediocre. Que se dedique a escribir libros sobre presidiarios porque en lo demas es un inútil...


Para que se va a enojar Darío...

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Nov 20, 2013 10:52 pm
por martin
Nicklaus escribió:Definitivamente la TV no se puede ver. Luis Beldi en Canal 26 dice que hoy los bonos que ajustan por CER no subieron. El "mensaje" que baja es que nadie cree que modifiquen algo aunque se haya ido Brownie.

El PR13 :arriba: 1,8 ajusta por el kilo de tomates nada más?? El PARP :arriba: 2,98 ajusta por el kilo de yerba??

Estamos todos locos no?? Consumimos cualquier información?? :golpe:

Beldi siempre fue un inútil y mediocre. Que se dedique a escribir libros sobre presidiarios porque en lo demas es un inútil...

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Nov 20, 2013 10:50 pm
por Nicklaus
Definitivamente la TV no se puede ver. Luis Beldi en Canal 26 dice que hoy los bonos que ajustan por CER no subieron. El "mensaje" que baja es que nadie cree que modifiquen algo aunque se haya ido Brownie.

El PR13 :arriba: 1,8 ajusta por el kilo de tomates nada más?? El PARP :arriba: 2,98 ajusta por el kilo de yerba??

Estamos todos locos no?? Consumimos cualquier información?? :golpe:

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Nov 20, 2013 9:32 pm
por risky
alexis escribió:"ARTICULO 765 (4*).Concepto. La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial."

Entre otras cosas, en las reformas al CC esto se aprobara la semana que viene en el Senado y sera ley antes de fin de año. Se supone que la ley no es retroactiva pero no hay ninguna aclaracion al respecto.

Para mí, la medida apunta más a los deudores hipotecarios, que no pueden acceder a estos dólares (con el que anteriormente se podía en el amplio "atesoramiento"...) para pago de estos servicios de interés y capital, dentro del marco de la "pesificación" de la economía.
Obviamente, cada uno podrá interpretar lo que le parezca, desde su punto de vista, y su propio sesgo. ¿Hace cuánto tiempo que muchos vienen machacando con la cantinela de que se van a pesificar los pagos de deuda?

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Nov 20, 2013 9:17 pm
por LEOFARIÑA
Aunque este muchacho hace otra cuenta, y me parece que sabe algo del tema
https://twitter.com/fmurolo
http://economiacircular.wordpress.com/

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Nov 20, 2013 9:13 pm
por LEOFARIÑA
10,70

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Nov 20, 2013 9:04 pm
por Phantom
BANCO CENTRAL
Nivel de Reservas
20.11.2013
31.900 millones de dólares
(-171)

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Nov 20, 2013 8:54 pm
por hernan1974
alexis escribió:"ARTICULO 765 (4*).Concepto. La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial."

Entre otras cosas, en las reformas al CC esto se aprobara la semana que viene en el Senado y sera ley antes de fin de año. Se supone que la ley no es retroactiva pero no hay ninguna aclaracion al respecto.

a partir de ahora al pe** firmar un contrato en dolares o euros, habra que firmar en equivalentes a toneladas de cemento o litros de nafta

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Nov 20, 2013 7:32 pm
por alexis
Hay que aclarar que la mayoria de las ON en u$ son Ley NY, igual que muchos titulos.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Nov 20, 2013 7:27 pm
por alexis
alexis escribió:"ARTICULO 765 (4*).Concepto. La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial."
Entre otras cosas, en las reformas al CC esto se aprobara la semana que viene en el Senado y sera ley antes de fin de año. Se supone que la ley no es retroactiva pero no hay ninguna aclaracion al respecto.

martin escribió:Pero eso es derecho Civil y no Derecho administrativo.

En la practica la reforma es casi una unificacion del Codigo Civil y el Comercial.
Hablando solo de papeles con oferta publica, de arranque las ON y fideicomisos en u$ estan comprendidos.
Y como la seguridad juridica es un concepto horrible, el resto podria ser discutible.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Nov 20, 2013 7:12 pm
por martin
alexis escribió:"ARTICULO 765 (4*).Concepto. La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación. Si por el acto por el que se ha constituido la obligación, se estipuló dar moneda que no sea de curso legal en la República, la obligación debe considerarse como de dar cantidades de cosas y el deudor puede liberarse dando el equivalente en moneda de curso legal, de conformidad con la cotización oficial."

Entre otras cosas, en las reformas al CC esto se aprobara la semana que viene en el Senado y sera ley antes de fin de año. Se supone que la ley no es retroactiva pero no hay ninguna aclaracion al respecto.

Pero eso es derecho Civil y no Derecho administrativo.