magoo escribió: ↑
Llego la Comunicacion A7138!!
Hay q pedir permiso para girar al exterior mas de 50 mil usd.
parte del comunicado.
A partir del 02.11.2020 se considerará en situación de demora a los pagos de importaciones
de bienes con registro de ingreso aduanero pendiente concretados entre el 02.09.2019 y el
31.10.2019 por operaciones comprendidas en los puntos 10.4.1.2. a 10.4.1.4. que no se
encuentren regularizados según lo previsto en el punto 10.5.”
Los importadores que registren ese tipo de operaciones en situación de demora no podrán
realizar nuevos pagos anticipados de importaciones de bienes hasta tanto regularicen la
situación.
5. Establecer que el régimen informativo de “Anticipo de operaciones cambiarias” previsto en el
punto 3.13. de las normas sobre “Exterior y cambios” deberá ser reportado, para las
operaciones a concretarse a partir del 16.10.2020, cuando las operaciones de egresos
comprendidas impliquen un acceso al mercado de cambios por un monto diario que sea igual o
superior al equivalente a US$ 50.000 (cincuenta mil dólares estadounidenses).ART