MiguelS escribió:http://www.infoleg.gob.ar/infolegIntern ... /norma.htm
ARTICULO 4° — Los tenedores de títulos públicos que fueran elegibles para el canje dispuesto en el Decreto Nº 1.735/04 y sus normas complementarias que deseen participar de cualquier operación de reestructuración que se realice en el marco de lo dispuesto en la presente ley, deberán renunciar a todos los derechos que les correspondan en virtud de los referidos títulos, inclusive a aquellos derechos que hubieran sido reconocidos por cualquier sentencia judicial o administrativa, laudo arbitral o decisión de cualquier otra autoridad, y renunciar y liberar a la República Argentina de cualquier acción judicial, administrativa, arbitral o de cualquier otro tipo, iniciada o que pudiere iniciarse en el futuro con relación a los referidos títulos o a las obligaciones de la República Argentina que surjan de los mismos, incluyendo cualquier acción destinada a percibir servicios de capital o intereses de dichos títulos.
Prohíbese ofrecer a los tenedores de deuda pública que hubieran iniciado acciones judiciales, administrativas, arbitrales o de cualquier otro tipo un trato más favorable que a aquellos que no lo hubieran hecho.
Interpretación de Stuzenegger:
Excelente.![]()
Fede Sturzenegger @fedesturze 13m Ofiiclalismo ni amagó a cambiar esto, así q me parece q se deriva q nunca tuvieron en mente arreglar.
Títulos Públicos
Re: Títulos Públicos
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Re: Títulos Públicos
Alguien sabe sobre el corte de cupon del BP21? la verdad donde puedo buscar esto?
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Re: Títulos Públicos
Yops escribió:Los que trabajan , los que piensan y los que no hacen nada(según Kostolany)
Muchos políticos no trabajan, no piensas y hacen daño.
Re: Títulos Públicos
Los que trabajan , los que piensan y los que no hacen nada
(según Kostolany)

Re: Títulos Públicos
Falta una : son tres las clases de personas :


FedericoD escribió:hay dos clases de personas, los que postean y los que felicitan a los que postean.
ivanperiz escribió:Muy cierto! Felicitaciones!
Re: Títulos Públicos
FedericoD escribió:hay dos clases de personas, los que postean y los que felicitan a los que postean.
Muy cierto! Felicitaciones!

Re: Títulos Públicos
http://www.infoleg.gob.ar/infolegIntern ... /norma.htm
ARTICULO 4° — Los tenedores de títulos públicos que fueran elegibles para el canje dispuesto en el Decreto Nº 1.735/04 y sus normas complementarias que deseen participar de cualquier operación de reestructuración que se realice en el marco de lo dispuesto en la presente ley, deberán renunciar a todos los derechos que les correspondan en virtud de los referidos títulos, inclusive a aquellos derechos que hubieran sido reconocidos por cualquier sentencia judicial o administrativa, laudo arbitral o decisión de cualquier otra autoridad, y renunciar y liberar a la República Argentina de cualquier acción judicial, administrativa, arbitral o de cualquier otro tipo, iniciada o que pudiere iniciarse en el futuro con relación a los referidos títulos o a las obligaciones de la República Argentina que surjan de los mismos, incluyendo cualquier acción destinada a percibir servicios de capital o intereses de dichos títulos.
Prohíbese ofrecer a los tenedores de deuda pública que hubieran iniciado acciones judiciales, administrativas, arbitrales o de cualquier otro tipo un trato más favorable que a aquellos que no lo hubieran hecho.
Interpretación de Stuzenegger:
Fede Sturzenegger @fedesturze 13m Ofiiclalismo ni amagó a cambiar esto, así q me parece q se deriva q nunca tuvieron en mente arreglar.
ARTICULO 4° — Los tenedores de títulos públicos que fueran elegibles para el canje dispuesto en el Decreto Nº 1.735/04 y sus normas complementarias que deseen participar de cualquier operación de reestructuración que se realice en el marco de lo dispuesto en la presente ley, deberán renunciar a todos los derechos que les correspondan en virtud de los referidos títulos, inclusive a aquellos derechos que hubieran sido reconocidos por cualquier sentencia judicial o administrativa, laudo arbitral o decisión de cualquier otra autoridad, y renunciar y liberar a la República Argentina de cualquier acción judicial, administrativa, arbitral o de cualquier otro tipo, iniciada o que pudiere iniciarse en el futuro con relación a los referidos títulos o a las obligaciones de la República Argentina que surjan de los mismos, incluyendo cualquier acción destinada a percibir servicios de capital o intereses de dichos títulos.
Prohíbese ofrecer a los tenedores de deuda pública que hubieran iniciado acciones judiciales, administrativas, arbitrales o de cualquier otro tipo un trato más favorable que a aquellos que no lo hubieran hecho.
Interpretación de Stuzenegger:
Fede Sturzenegger @fedesturze 13m Ofiiclalismo ni amagó a cambiar esto, así q me parece q se deriva q nunca tuvieron en mente arreglar.
Re: Títulos Públicos
hay dos clases de personas, los que postean y los que felicitan a los que postean.
Re: Títulos Públicos
La vida sigue .. ¿de qué se preocupan ?
El Gobierno ya ha explicado que no hay ninguna situación de la cual preocuparse.
Arnaldo007 escribió:Ahora yo pienso el gobierno no deberìa estar explicando lo grave de la situaciòn o no... enviaron un comentario pedorro que no lo cree nadie
El Gobierno ya ha explicado que no hay ninguna situación de la cual preocuparse.
Luis XXXIV escribió:El Sr. Jefe de Gabinete dijo que la vida sigue y el Sr. Ministro de Economía dijo que no pasará nada el 30.
Re: Títulos Públicos
VClicquot escribió:Miércoles 18 de junio de 2014 | 08:03.
Axel Kicillof: "Quédense todos tranquilos, esto está estudiado en profundidad"
http://www.lanacion.com.ar/1702187-axel ... no-pasaran
Luis XXXIV escribió:En realidad los medios opositores lo tergiversaron: Kicillof quiso decir que lo que tenían estudiado era la profundidad del pozo al cual caeríamos.

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Re: Títulos Públicos
Luis XXXIV
vos crees??????
vos crees??????
Re: Títulos Públicos
Febo escribió:Si no te dan el stay va a haber un nuevo default y el nuevo default tenés nuevas chances de negocios buitrescos.
Se perdió el juicio. Hay que garpar YA. Si se entra en default no sé dónde terminamos. Con un 25% de una serie te aceleran la serie a partir del jueves y necesitás un 50% de esa serie para darlo vuelta recién una vez que les hayas pagado a los buitres.
er
Te aceleran a partir de 60 dias desde el jueves 31JUL
Re: Títulos Públicos
Febo escribió:Si no te dan el stay va a haber un nuevo default y el nuevo default tenés nuevas chances de negocios buitrescos.
Se perdió el juicio. Hay que garpar YA. Si se entra en default no sé dónde terminamos. Con un 25% de una serie te aceleran la serie a partir del jueves y necesitás un 50% de esa serie para darlo vuelta recién una vez que les hayas pagado a los buitres.
Clemens escribió:No entendés, Febo, no va haber default.
Esto va de cabeza al Solicitor
Van a renovar el Stay con acuerdo de los Buitres
Cambian la jurisdicción y listo!
... el mercado ya lo sabe y lo anticipó.
PD: el cupón paga a fin de año


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Re: Títulos Públicos
amigos me podrian aclarar cuando es corte cupon de BP21 ?
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Re: Títulos Públicos
Arnaldo007 escribió:Ahora yo pienso el gobierno no deberìa estar explicando lo grave de la situaciòn o no... enviaron un comentario pedorro que no lo cree nadie
El Gobierno ya ha explicado que no hay ninguna situación de la cual preocuparse.
El Sr. Jefe de Gabinete dijo que la vida sigue y el Sr. Ministro de Economía dijo que no pasará nada el 30.
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