rivas144 escribió: Cuervo,
No soy boga pero si se puede.
Está contemplado en la ley de contrato de trabajo.
Leé los Arts. 225 a 230
http://www.infoleg.gob.ar/infolegIntern ... texact.htm
En un contrato se puede cualquir cosa (que no sea ilegal). Ojo que esos artículos hablan de otra cosa que nada que ver...