tavy escribió:No cobra. El agente de bolsa si te va a cobrar una comisión por la transferencia.
Depende que agente.
Fijate en la parte que detallan las comisiones "transferencia emisora mep"
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tavy escribió:No cobra. El agente de bolsa si te va a cobrar una comisión por la transferencia.
Patan escribió:Buenas y santas...
saben si el banco santannnndrrrr cobra alguna comisión por recibir transferencia en U$S desde soc de bolsa?
La mía es muy chica (la soc de bolsa eh!!) y no sé si la transferencia la hace como MEP o no... (es x la venta de unos AY24D)
Patan escribió:Buenas y santas...
saben si el banco santannnndrrrr cobra alguna comisión por recibir transferencia en U$S desde soc de bolsa?
La mía es muy chica (la soc de bolsa eh!!) y no sé si la transferencia la hace como MEP o no... (es x la venta de unos AY24D)
Nadie escribió:Ya que están con este tema... alguien sabe si una cuenta comitente cuya propiedad está dividida 50% entre dos personas, si al fallecer una es posible que la otra sea el receptor de ese 50%? Es decir, sin trámites sucesorios y demás... solamente mediante autorización (en vida...) o lo que sea en la sociedad de bolsa. Adivino que la rta. es no.. pero por ahí..
Gracias
Harry26 escribió:no lei el intercambio completo, aporto a la cuestion legal: el unico que puede realizar movimientos en una cuenta comitente es el titular y sus autorizados. si fallece el titular y no hay autorizados no se debe realizar movimientos en esa cuenta, porque son actos de disposicion .. y la pregunta es quien te dio autorizacion legal para hacerlo? vas a ser responsable por esos movimientos.
que tengas una clave no te convierte en titular de la cuenta y menos en administrador de la sucesion.
es lo mismo que quieras vender por tu cuenta el auto que esta a nombre de alguien fallecido.
una vez que se inicia la sucesion se designa un administrador y ahi si estas tudo legal![]()
por supuesto que una sucesión esta llena de matices y vericuetos que se aplican al caso concreto y pueden permitir una solucion distinta, esto es la regla general nada mas.
rivas144 escribió:Stiba tiene razón el nabo sos vos Teodolito, no tenés ni pu.ta idea del aspecto legal.
Teodolito escribió:error, la parte legal creo conocerla lo suficiente, lo que no tengo es "cultura sucesoria"
Teodolito escribió:una comitente la administras online con una clave, en ningún lado dice que debe ser el titular, de ahí a que retires guita a una cuenta que no es del titular o en efectivo es otra historia. Hoy día se maneja todo online, y si podes acceder al home banking del titular tenes el camino resuelto.
hstibanelli escribió: no es el caso, el titular es el padre...
además
1- transferencias mep on line desde la cuenta al banco deben hacerse a cuenta del mismo titular
2- no opinar sobre lo que no se tiene idea también es una buena opción, si descubren que vos operaste sin autorización lo mejor va a ser que estés dispuesto a exponerte a un flor de quilombo
3- tenemos muy poca cultura sucesoria en arg, yo no recomendaría jamas hacer esto que vos decis
Teodolito escribió:empiezo a opinar como los que te conocen bien...sos un nabo !!!!!!
rivas144 escribió:Stiba tiene razón el nabo sos vos Teodolito, no tenés ni pu.ta idea del aspecto legal.
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