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Re: Títulos Públicos
Publicado: Vie Dic 19, 2014 2:56 pm
por rivas144
Diferencias de cotización o diferencias de venta están exentas de ganancias, solamente se informan.
Cuando baja... no hay ganancias

Re: Títulos Públicos
Publicado: Vie Dic 19, 2014 2:54 pm
por DiegoYSalir
dawkings escribió:4 lucas es más de lo que pago por bp.. aunque esté pagando de más creo que sigue siendo negocio hacerlo yo.
Igual para mi la parte más compleja es la de ganancias. Soy empleado en relación de dependencia pero hay que especificar también las diferencias de capital por rentas y compra/venta/cotización de acciones/bonos, que están exentas de IIGG, pero tengo que ver bien cómo se especifican en SIAP. Si alguien tiene link a una "guía practica/ejemplos" se agradece.
como?
ahi no pago nada o digo, creo que no se paga nada, estan excentas de ganancias, que es eso de las diferencias? y cuando baja???
Re: Títulos Públicos
Publicado: Vie Dic 19, 2014 2:44 pm
por rivas144
CCL @ TS $11.36
Re: Títulos Públicos
Publicado: Vie Dic 19, 2014 2:12 pm
por rodrigocabj12
saque mal la cuenta o comprando euro oficial y vendiendolo al blue se saca mas ganancia q haciendo lo mismo con el dolar?
Re: Títulos Públicos
Publicado: Vie Dic 19, 2014 2:02 pm
por dawkings
4 lucas es más de lo que pago por bp.. aunque esté pagando de más creo que sigue siendo negocio hacerlo yo.
Igual para mi la parte más compleja es la de ganancias. Soy empleado en relación de dependencia pero hay que especificar también las diferencias de capital por rentas y compra/venta/cotización de acciones/bonos, que están exentas de IIGG, pero tengo que ver bien cómo se especifican en SIAP. Si alguien tiene link a una "guía practica/ejemplos" se agradece.
Re: Títulos Públicos
Publicado: Vie Dic 19, 2014 1:54 pm
por hernan1974
hernan1974 escribió:me garcaron pague mas de 6 lucas, pero se las merce, lo vuelvo loco jaja
DiegoYSalir escribió:
pero depende de la cara

(jejejeeeee)
noooo... enserio, depende de tu patrimonio papa, yo soy un humilde laburante, vos seguro tenes forrrrrtunas ahi, el conta se frota las manos cdo te ve llegar... jejejejeee
ademas, hablando en serio, me cobra eso solo mis ddjj, por la empresa (que somos varios socios) se lleva una torta grosa enserio...
no jajaja nada de fortunas, pero a los buenos artistas y cheffs hay que pagarles bien!

Re: Títulos Públicos
Publicado: Vie Dic 19, 2014 1:49 pm
por DiegoYSalir
alguien sabe si hay algo bajando la punta en pesos de los dolarizados???
Re: Títulos Públicos
Publicado: Vie Dic 19, 2014 1:45 pm
por rivas144
rivas144 escribió:4 lucas por una ddjj y pagan de más?
Yo me tiro un corchazo en los huevos

DiegoYSalir escribió:gracias por la data estimado, no es la primera que me hace pagar de mas esta mina, creo que va 50 y 50 con el negrito etchegarchay... que se yo, el corchazo se lo tendria que meter yo en la c0ncha, perdon las damas presentes...
De nada querido espero que este año garpes menos.
Y perdón que me meta pero ojo con esa mina, por lo que decís no sabe ni siquiera la ley de bienes personales.
Abrazo.
Re: Títulos Públicos
Publicado: Vie Dic 19, 2014 1:42 pm
por DiegoYSalir
rivas144 escribió:4 lucas por una ddjj y pagan de más?
Yo me tiro un corchazo en los huevos

gracias por la data estimado, no es la primera que me hace pagar de mas esta mina, creo que va 50 y 50 con el negrito etchegarchay... que se yo, el corchazo se lo tendria que meter yo en la c0ncha, perdon las damas presentes...
Re: Títulos Públicos
Publicado: Vie Dic 19, 2014 1:39 pm
por dongps
rivas144 escribió:4 lucas por una ddjj y pagan de más?
Yo me tiro un corchazo en los huevos

hasta hoy laburo en un Estudio en la parte de auditoría...era buscar otro rumbo o meterse el corchazo...
los trámites en el RENAR son un garron y tenes que poner guita para un gestor de ahí, número limado no me gustaba así que hubo que optar por dejar la faz de los Estudios...

Re: Títulos Públicos
Publicado: Vie Dic 19, 2014 1:34 pm
por rivas144
4 lucas por una ddjj y pagan de más?
Yo me tiro un corchazo en los huevos

Re: Títulos Públicos
Publicado: Vie Dic 19, 2014 1:33 pm
por DiegoYSalir
hernan1974 escribió:me garcaron pague mas de 6 lucas, pero se las merce, lo vuelvo loco jaja
pero depende de la cara

(jejejeeeee)
noooo... enserio, depende de tu patrimonio papa, yo soy un humilde laburante, vos seguro tenes forrrrrtunas ahi, el conta se frota las manos cdo te ve llegar... jejejejeee
ademas, hablando en serio, me cobra eso solo mis ddjj, por la empresa (que somos varios socios) se lleva una torta grosa enserio...
Re: Títulos Públicos
Publicado: Vie Dic 19, 2014 1:24 pm
por hernan1974
me garcaron pague mas de 6 lucas, pero se las merce, lo vuelvo loco jaja
Re: Títulos Públicos
Publicado: Vie Dic 19, 2014 1:23 pm
por rivas144
Fulano de Tal escribió:Rivas, aca abajo tenes el primer cliente que ya esta preguntando por tus honorarios, esto es una mina de oro, te vas a llenar de guita

Y ahora empiezan a caer todas las preguntas

Re: Títulos Públicos
Publicado: Vie Dic 19, 2014 1:23 pm
por rivas144
DiegoYSalir escribió:Estimado Rivas, usted disculpe, donde ves que quede claro esto de las acciones nacionales???
(soy jeordano)
ARTICULO 25 — El gravamen a ingresar por los contribuyentes indicados en el inciso a) del artículo 17, surgirá de la aplicación, sobre el valor total de los bienes gravados por el impuesto, excluidas las acciones y participaciones en el capital de cualquier tipo de sociedades regidas por la Ley Nº 19.550 (t.o. 1984 y sus modificaciones), con excepción de las empresas y explotaciones unipersonales, de la alícuota que para cada caso se fija a continuación
El gravamen correspondiente a las acciones o participaciones en el capital de las sociedades regidas por la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales (t.o. 1984) y sus modificaciones, cuyos titulares sean personas físicas y/o sucesiones indivisas domiciliadas en el país o en el exterior, y/o sociedades y/o cualquier otro tipo de persona de existencia ideal, domiciliada en el exterior, será liquidado o ingresado por las sociedades regidas por esa ley y la alícuota a aplicar será de cincuenta centésimos por ciento (0,50%) sobre el valor determinado de acuerdo con lo establecido por el inciso h) del artículo 22 de la presente norma. El impuesto así ingresado tendrá el carácter de pago único y definitivo.