Página 11738 de 20276
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Publicado: Dom Jul 05, 2015 10:50 pm
por AlanT
rivas144 escribió:No señor, hablan de eso.
Volvé a leer.
Y si no entendés, volvé a leer de nuevo.
Hasta que entiendas.
Esaaa, la humildad ante todo
Fijate mejor, habla de la preservación de los derechos cuando lo transferido es la empresa, no el trabajador
Por caso, el art. 225 (el primero del apartado) se titula "Transferencia del establecimiento", se entiende? el establecimiento es el edificio ese en donde se desempeña el trabajador. Siguiendo tu consejo, leelo de nuevo y si no lo entendés, agarrá el mataburro! El 228 habla del adquiriente y del transmitente de nuevo, del establecimiento, fijate que nada dice de la transferencia del trabajador! Se entiende o te lo explico de nuevo? Y mirá el 229, el único que habla del trabajador... qué dice? QUE EL TRABAJADOR TIENE QUE FIRMAR... qué cosa? EL CONTRATO!
En fin...
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Publicado: Dom Jul 05, 2015 10:49 pm
por putcall
Bulls y no son los chicago!
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Publicado: Dom Jul 05, 2015 10:47 pm
por rivas144
fedemoller escribió:Cuervo.
se llama cesion de personal.
está en la lct
la cesionaria se hace cargo de todo y hay resposabilidad solidaria conjunta con la cedente.
Se te mantiene cagoría, se reconoce la antiguedad y todos los derechos derivados.
tenes que dar tu conformidad no te pueden obligar.
vos te podes considerar despedido si consideras que hay una modificacion de tu contrato.
Por fin alguien que no habla al pe**.
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Publicado: Dom Jul 05, 2015 10:44 pm
por neofito
Hasta mañana sabri, mañana

pero a largo plazo

Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Publicado: Dom Jul 05, 2015 10:43 pm
por fedemoller
Cuervo.
se llama cesion de personal.
está en la lct
la cesionaria se hace cargo de todo y hay resposabilidad solidaria conjunta con la cedente.
Se te mantiene cagoría, se reconoce la antiguedad y todos los derechos derivados.
tenes que dar tu conformidad no te pueden obligar.
vos te podes considerar despedido si consideras que hay una modificacion de tu contrato.
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Publicado: Dom Jul 05, 2015 10:42 pm
por marcelo1975
Hasta mañana.

Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Publicado: Dom Jul 05, 2015 10:37 pm
por sabrina
Hasta mañana gente

Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Publicado: Dom Jul 05, 2015 10:32 pm
por neofito
Creo que legalmente es otro empleador pero contablemente es la misma empresa. La mayoría de los casos de fusiones o adquisiciones de empresas el empleado conserva las mismas condiciones de la empresa anterior, es una transferencia.
Cada empresa tiene su propio departamento contable para liquidar sueldos, pero si es la misma empresa todas las divisiones dependen de un solo departamento para los sueldos
Si, pero si pedís indem tenés plata ahora pero empezás de cero en la otra empresa, creo
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Publicado: Dom Jul 05, 2015 10:20 pm
por gamuzino
manguea la indemnizacion,
mas vale pajaro en mano q 100 volando, y la invertis,
esta mas segura en tu bono que la cuenta de tu trompa
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Publicado: Dom Jul 05, 2015 10:16 pm
por Irlande$
El Cuervo te respondo. Si, se puede. Se hace mediante un Convenio que en Provinxia es ante el ministerio de trabajo. Saludos.
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Publicado: Dom Jul 05, 2015 10:08 pm
por gamuzino
nunca se olviden que cualqueir acuerdo entre partes que altera el ordenamiento publico, no es valido.
eso surge despues de q a los empleados los hayan cagado por muchos años, con "acuerdos entre partes" que presuntamente beneficiaban a ambos y mas al empleado, y luego resultaba q no era tan asi.
entonces en algunos casos por mas que arregles algo de mutuo acuerdo y ambos esten contentos, si la ley dice que asi no va, no va, y se acabo. y el contrato no es valido. si nadie reclama, nadie se enterara, pero si alguno se manifiesta disconforme en algun momento, apela al ordenamiento publico,.
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Publicado: Dom Jul 05, 2015 10:08 pm
por rivas144
AlanT escribió:En un contrato se puede cualquir cosa (que no sea ilegal). Ojo que esos artículos hablan de otra cosa que nada que ver...
No señor, hablan de eso.
Volvé a leer.
Y si no entendés, volvé a leer de nuevo.
Hasta que entiendas.
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Publicado: Dom Jul 05, 2015 10:05 pm
por gamuzino
ElcuervoRT escribió:Muchachos, necesito hacer una consulta simple a algún abogado, hay alguno en COME que quiera responder... ??
La cosa no parece compleja, el miércoles tengo una reunión con la empresa para la que trabajo desde hace 10 años, (Soy Ingeniero electromecánico y me desempeño como proyectista en obras, modificaciones y proyectos nuevos) para tratar una propuesta de la misma que es trasladarme como responsable del area de mantenimiento a otra empresa (distinta razón social) pero del mismo grupo económico aquí en la misma ciudad donde resido.
La consulta es, se puede transferir un empleado entre distintas razones sociales? debo exigir que me indemnicen y tomen por la otra empresa o pueden transferirme con un contrato que asegure que la antigüedad y demás beneficios se mantengan ?
Se que es offtopic, pero entiendan que esto no me deja dormir y no se a quien recurrir personalmente
supongo q es un contrato entre partes que ni altera el ordenamiento publico, ni te quita derechos ya que uno los pierde y otro los tema, es mas se me ocurre que ambas empresas pasarian a ser solidariamente responsables para con tus obligaciones ya existentes, pero los casos parecidos que conozco, estuvo la indemnizacion antes.
no soy abogado yo ehhhh, es una opinion
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Publicado: Dom Jul 05, 2015 10:00 pm
por AlanT
En un contrato se puede cualquir cosa (que no sea ilegal). Ojo que esos artículos hablan de otra cosa que nada que ver...
Re: COME Sociedad Comercial del Plata
Publicado: Dom Jul 05, 2015 9:52 pm
por Athila
Athila escribió:Compra base 3,00 para lanzar base 3,15 3,30 y 3,45
pipioeste22 escribió:
No opero lotes, pero supongo q tiene q subir el papel segun lo q nombras
El que lanza arriba no piensa en SUBA, si en disminuir el costo de la prima base 3,00 y si mañana comienza a bajar el papel le da tiempo a ganar algo con ésta base y recomprar a menos las bases altas lanzadas embolsando la diferencia.-