hstibanelli escribió:Si tuvieras U$10K en dolar ahorro en tu cuenta
a: pagas la percepción y te los llevas (por lo tanto pagando BB.PP.)
b: pagas la percepción y constituis PF
c: los dejas en la cuenta y listo
(consulto esto porque hace unas semanas atrás un par de foristas dieron por seguro que se iba a expropiar los depósitos en moneda extranjera)
alfil escribió: la "b" .. si los tenes en la caja de ahorro especialmente dispuesta para dólar ahorro para hacer un pf no hace falta pagar la percepción , al vencimiento regresan allí con los intereses y se mantiene los 365 días de cadencia desde el origen..el interés es complementario al haberlo pagado 9 y monedas estos meses.
Patan escribió: Coincido con alfil, aunque no sé si todos los bancos te permiten esa movida (pf menores a 365 dias). El bapro recién desde hace unos pocos días.
con eso estas pagando el dólar ahorro a $ 9 .. este año hasta menos de $ 9.