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Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Oct 14, 2015 5:52 pm
por NeoRevolution
Recién este mes estoy terminando de pagar el oro comprado en cuotas en ML

P.D: de paso sumé millas :mrgreen:

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Oct 14, 2015 5:52 pm
por Tierra arrasada
JAQUE MATE escribió:Neeooo........ "El orito" Neo estas ahii.... :115:

http://finviz.com/futures_charts.ashx?p=d1&t=GC

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Oct 14, 2015 5:51 pm
por NeoRevolution
JAQUE MATE escribió:Neeooo........ "El orito" Neo estas ahii.... :115:

Ya está un canal ascendente, creo que a partir de mañana le va a tocar bajar, pero el sendero ya está ahí :wink:

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Oct 14, 2015 5:49 pm
por Tierra arrasada
Neeooo........ "El orito" Neo estas ahii.... :115:

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Oct 14, 2015 5:22 pm
por Fogo
Billy Ray Valentine escribió:En comparacion con los demas. En pesos. Estan pagando muy caro el ao20

Comparandolo con el AY24 que entrega USD156.94 contra los USD140 del boden 3,5 años antes no me parece tan caro. No lo decís para comprar más vos? jajaja
Saludos!

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Oct 14, 2015 5:22 pm
por Patan
HanRyner escribió:Patán, la semana pasada publiqué acá que me habían aplicado retención de ARBA y de IIBB en BAPRO cuando recibí depósito del pago por el RO15. Hice el reclamo al banco, ya que este tipo de títulos está exento impositivamente y le dieron reversa a los descuentos que me habían aplicado compulsivamente.
¿Esto que decís era antes o sigue siendo ahora?

Patan escribió:Mirá qué bueno...
Estaba leyendo la normativa provincial de este tema (DN B 1/2004 art. 467) porque un amigo me había consultado el caso. Y el concepto no está excluido de la aplicación de retenciones. Por lo menos no en esa norma.
Ahora me estoy yendo, pero luego voy a revisar si hay alguna otra excepción que exima al banco de retener.
En gral. el banco está obligado a retener bajo ciertas circunstancias y no queda en sus manos la potestad de analizar la operación y devolverte o no retenerte. Pero quizás haya alguna otra excepción que se me está escapando. (me refiero a cómo están redactadas las normas, y no a si es justo o no).

Me corrijo y pido disculpas. El inciso 20 del art. 467 DN B 1/2004 dice que están excluidas de retención:
20) Los importes que se acrediten como consecuencia de operaciones sobre títulos, letras, bonos, obligaciones y demás papeles emitidos y que se emitan en el futuro por la Nación, las Provincias, la Ciudad Autónoma de buenos Aires y las Municipalidades, como así también aquellos que correspondan a las rentas producidas por los mismos y/o a los ajustes de estabilización o corrección monetaria.
(Inciso incorporado por Resolución Normativa 030-14).

Estaba mirando un texto ordenado anterior.... mala mía!! :116:

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Oct 14, 2015 5:02 pm
por alfil
Heinsenberg escribió:
(consulto esto porque hace unas semanas atrás un par de foristas dieron por seguro que se iba a expropiar los depósitos en moneda extranjera)

:golpe: :pared: :golpe: :pared:

hstibanelli escribió: me preocupa esta ultima frase !!!!

no soy uno de esos 2 pero mirando la historia económica argentina no se que te sorprende .

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Oct 14, 2015 4:54 pm
por Zoilo
Zoilo escribió:Gracias AlanT!, vos tenes la resolución a mano?, xq acabo de hablar con mi broker y me dicen q no alcanza a las operaciones MEP, q eso sigue como antes, osea q tenes q sacarlos y volverlos a depositar.


Teodolito escribió:tu broker deberia dejar de ser tu broker :roll:

Gracias!, pero no la ven un tanto ambigua a esta circular?, se refiere a: "pagos de
servicios de valores en moneda extranjera", cuales son los "servicios"?, dividendos, intereses y MEP?, o este ultimo no?

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Oct 14, 2015 4:54 pm
por Zoilo
Zoilo escribió:Gracias AlanT!, vos tenes la resolución a mano?, xq acabo de hablar con mi broker y me dicen q no alcanza a las operaciones MEP, q eso sigue como antes, osea q tenes q sacarlos y volverlos a depositar.


Teodolito escribió:tu broker deberia dejar de ser tu broker :roll:

Gracias!, pero no la ven un tanto ambigua a esta circular?, se refiere a: "pagos de
servicios de valores en moneda extranjera", cuales son los "servicios"?, dividendos, intereses y MEP?, o este ultimo no?

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Oct 14, 2015 4:53 pm
por Zoilo
Zoilo escribió:Gracias AlanT!, vos tenes la resolución a mano?, xq acabo de hablar con mi broker y me dicen q no alcanza a las operaciones MEP, q eso sigue como antes, osea q tenes q sacarlos y volverlos a depositar.


Teodolito escribió:tu broker deberia dejar de ser tu broker :roll:

Gracias!, pero no la ven un tanto ambigua a esta circular?, se refiere a: "pagos de
servicios de valores en moneda extranjera", cuales son los "servicios"?, dividendos, intereses y MEP?, o este ultimo no?

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Oct 14, 2015 4:47 pm
por Heinsenberg
hstibanelli escribió:
(consulto esto porque hace unas semanas atrás un par de foristas dieron por seguro que se iba a expropiar los depósitos en moneda extranjera)

:golpe: :pared: :golpe: :pared:

me preocupa esta ultima frase !!!!

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Oct 14, 2015 4:43 pm
por alfil
hstibanelli escribió:Si tuvieras U$10K en dolar ahorro en tu cuenta

a: pagas la percepción y te los llevas (por lo tanto pagando BB.PP.)
b: pagas la percepción y constituis PF
c: los dejas en la cuenta y listo

(consulto esto porque hace unas semanas atrás un par de foristas dieron por seguro que se iba a expropiar los depósitos en moneda extranjera)

alfil escribió: la "b" .. si los tenes en la caja de ahorro especialmente dispuesta para dólar ahorro para hacer un pf no hace falta pagar la percepción , al vencimiento regresan allí con los intereses y se mantiene los 365 días de cadencia desde el origen..el interés es complementario al haberlo pagado 9 y monedas estos meses.

Patan escribió: Coincido con alfil, aunque no sé si todos los bancos te permiten esa movida (pf menores a 365 dias). El bapro recién desde hace unos pocos días.

con eso estas pagando el dólar ahorro a $ 9 .. este año hasta menos de $ 9.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Oct 14, 2015 4:40 pm
por Patan
hstibanelli escribió:Si tuvieras U$10K en dolar ahorro en tu cuenta

a: pagas la percepción y te los llevas (por lo tanto pagando BB.PP.)
b: pagas la percepción y constituis PF
c: los dejas en la cuenta y listo

(consulto esto porque hace unas semanas atrás un par de foristas dieron por seguro que se iba a expropiar los depósitos en moneda extranjera)

alfil escribió: la "b" .. si los tenes en la caja de ahorro especialmente dispuesta para dólar ahorro para hacer un pf no hace falta pagar la percepción , al vencimiento regresan allí con los intereses y se mantiene los 365 días de cadencia desde el origen..el interés es complementario al haberlo pagado 9 y monedas estos meses.

Coincido con alfil, aunque no sé si todos los bancos te permiten esa movida (pf menores a 365 dias). El bapro recién desde hace unos pocos días.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Oct 14, 2015 4:30 pm
por alfil
hstibanelli escribió:Si tuvieras U$10K en dolar ahorro en tu cuenta

a: pagas la percepción y te los llevas (por lo tanto pagando BB.PP.)
b: pagas la percepción y constituis PF
c: los dejas en la cuenta y listo

(consulto esto porque hace unas semanas atrás un par de foristas dieron por seguro que se iba a expropiar los depósitos en moneda extranjera)

la "b" .. si los tenes en la caja de ahorro especialmente dispuesta para dólar ahorro para hacer un pf no hace falta pagar la percepción , al vencimiento regresan allí con los intereses y se mantiene los 365 días de cadencia desde el origen..el interés es complementario al haberlo pagado 9 y monedas estos meses.

Re: Títulos Públicos

Publicado: Mié Oct 14, 2015 4:17 pm
por hstibanelli
Si tuvieras U$10K en dolar ahorro en tu cuenta

a: pagas la percepción y te los llevas (por lo tanto pagando BB.PP.)
b: pagas la percepción y constituis PF
c: los dejas en la cuenta y listo

(consulto esto porque hace unas semanas atrás un par de foristas dieron por seguro que se iba a expropiar los depósitos en moneda extranjera)