Metano escribió:En la web de AFIP hay un cartel gigante que dice: "la solicitud de devolución mediante el formulario 746/A no tiene vencimiento"
Como toda deuda/impuesto, si lo tiene, pero son 7 años, o 10, no recuerdo bien..... pasa lo mismo si vos le debes a la afip, después de unos años prescriben.... Teniendo en cuenta que la retención nace en 2012, tenes hasta 2019 para cargar mínimo.