Bonus Leo escribió:Darío,
La retención sería del 35% sobre la ganancia, en caso de haberla, una vez cancelado o vendido? O es en forma diaria?
un quilombo!!! si ganancia como impuesto, es anual...
como seria si tenes 2 posiciones una sube y otra baja, debito /credito te sacuden por la diferencia positiva??? y si al otro dia te da quebranto???
es un quilombo...
pero tan tal libre mercado que se decian estos de cambiemos ya no saben como cambiar la realidad...