dakade escribió:Por lo que estuve leyendo es solo un lugar de veraneo o el exterior, quinta. Digamos esparcimiento.
En caso que vos tengas un depto. en CABA para quedarte en la semana porque te queda mejor la oficina, ese NO tiene que declararse como locativo presunto.
Si, hay consultas vinculantes con AFIP en donde se expidió en tal sentido, pero tiene que ser un caso muy claro y sostenible, si tenés dos deptos en capital es muy difícil sostener algo así por ejemplo.